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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 277/2019

ACTA N° 1589

Expediente ENRE N° EX -2018-40852913-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 25 DE SEPTIEMBRE DE 2019

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Otorgar el certificado de conveniencia y necesidad pública, con los alcances establecidos en el artículo 3 del presente Acto, para la obra de Ampliación de la Capacidad de Transporte requerida por las empresas PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA I S.A., PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA II S.A. y PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA III S.A., consistente en la conexión del PELB en barras de 132 kV de la ET Puerto Madryn, de COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), tendido de un segundo circuito de la LAT 132 kV de CUARENTA Y DOS KILÓMETROS (42 km) entre la ET Loma Blanca II-IV y la ET Puerto Madryn, de TRANSPA S.A.; ampliación de la ET Loma Blanca II-IV mediante el montaje y puesta en servicio de UN (1) segundo transformador de 132/33 kV - 80 MVA; construcción, montaje y puesta en servicio de la ET Loma Blanca I-III de 132/33 kV con DOS (2) transformadores de 138/33 kV - 80 MVA; construcción y montaje de una LAT 132 kV doble terna de CINCO KILÓMETROS (5 km) de longitud entre la ET PE Loma Blanca I-III y la ET PE Loma Blanca II-IV; la desvinculación de la DT de 132 kV de CUARENTA Y DOS KILÓMETROS (42 km) entre el PE Loma Blanca IV y la ET Puerto Madryn, de TRANSPA S.A., la extensión de CINCO KILÓMETROS (5 km) y vinculación de la misma entre las ET Loma Blanca I-III y ET Puerto Madryn, de TRANSPA S.A. 2.- Autorizar, con los alcances establecido en el artículo 3 del presente Acto, los Accesos solicitados por las Empresas PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA I S.A., PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA II S.A. y PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA III S.A., para el ingreso al Sistema argentino de interconexión (SADI) de sus respectivos Parques Eólicos LOMA BLANCA I, LOMA BLANCA II y LOMA BLANCA III, de 51,2 MW cada uno. 3.- Lo dispuesto en los artículos 1 y 2 precedentes, sólo producirán efectos a partir de la fecha en que este Ente notifique a las Empresas PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA I S.A., PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA II S.A. y PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA III S.A., que tiene por acreditado el otorgamiento de la calidad definitiva de agente del MEM por parte la autoridad competente, para lo cual, deberán obrar dichas constancias en el expediente 4.- Disponer que el Parque Eólico Loma Blanca I, de la empresa LOMA BLANCA I S.A., se conectará en bornes de 132 kV de la ET Loma Blanca I-III, operada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENEERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.). 5.- Disponer que el Parque Eólico Loma Blanca II, de la empresa LOMA BLANCA II S.A., se conectará en bornes de 132 kV de la ET Loma Blanca IV, operada por TRANSPA S.A. 6.- Disponer que el Parque Eólico Loma Blanca III, de la empresa LOMA BLANCA III S.A., se conectará en bornes de 132 kV de la ET Loma Blanca I-III, operada por TRANSPA S.A. 7.- Hacer saber a las Empresas PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA I S.A., PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA II S.A. y PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA III S.A. deberán observar el estricto cumplimiento a los requerimientos técnicos y/o adecuaciones que fueran solicitadas por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), TRANSENER S.A. y TRANSPA S.A. en el marco de sus respectivos Informes. 8.- Notifíquese a GENNEIA S.A., TRANSENER S.A., a TRANSPA S.A., a CAMMESA, a PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA I S.A., PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA II S.A., PARQUE EÓLICO LOMA BLANCA III S.A., al Señor Intendente de la Ciudad de PUERTO MADRYN, al ORGANISMO MUNICIPAL REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, a la SECRETRÍA DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN, a la FEDERACIÓN CHUBUTENSE DE COOPERATIVAS, a SERVICIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO (SPSE) de la Provincia de SANTA CRUZ y al ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE CHUBUT. 9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 30/09/2019 N° 74046/19 v. 30/09/2019

Fecha de publicación 30/09/2019