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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE MERCADO INTERNO

Disposición 10/2019

DI-2019-10-APN-SSPMI#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-67774021- -APN-DPCIYC#MPYT, las Resoluciones Nros. 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, 262 de fecha 6 de junio de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y su modificatoria, y la Disposición Nº 170 de fecha 1 de noviembre de 2016 de la ex Dirección Nacional de Comercio Interior dependiente de la ex SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, estableció la obligatoriedad de la certificación de la veracidad de la información suministrada en la etiqueta y ficha respectivas, correspondientes a los aparatos eléctricos de uso doméstico que se enumeran en el Artículo 2º de la citada resolución y que se comercializan en el país, en lo referente al rendimiento o eficiencia energética, la emisión de ruido y las demás características asociadas.

Que la Disposición Nº 170 de fecha 1 de noviembre de 2016 de la ex Dirección Nacional de Comercio Interior dependiente de la ex SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, instituye el Régimen de certificación obligatoria referido a etiquetado de eficiencia energética de los hornos a microondas para uso doméstico alimentados desde la red eléctrica y su consumo de modo en espera, mediante la certificación de lo dispuesto por las Normas IRAM 62412 e IRAM 62301 respectivamente.

Que mediante el expediente citado en el Visto la empresa INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. solicitó su reconocimiento para desempeñarse como Organismo de Certificación de Productos en materia de Etiquetado de Eficiencia Energética sobre “hornos a microondas para uso doméstico alimentados desde la red eléctrica y su consumo de modo en espera”, en aplicación de la Resolución N° 319/99 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA y de la Disposición Nº 170/16 de la ex Dirección Nacional de Comercio Interior.

Que mediante la Resolución N° 262 de fecha 6 de junio de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se estableció que todo organismo de certificación, organismo de inspección y laboratorio de ensayos, cuya labor esté destinada a actuar en procedimientos de evaluación de la conformidad de los reglamentos técnicos para productos y servicios que se encuentren bajo la órbita del citado Ministerio, o la autoridad que en el futuro la reemplace en sus funciones, deberá contar con su reconocimiento por parte de la Autoridad de Aplicación.

Que la empresa ha presentado la documentación necesaria para confirmar el cumplimiento de lo señalado en el Artículo 4° de la Resolución N° 262/19 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, habiendo sido evaluada y aprobada la misma favorablemente por el Sector de Evaluación de la Conformidad dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE MERCADO INTERNO de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que, en ese sentido y en relación al requisito de la acreditación, el Organismo de Certificación INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. ha presentado el Certificado de Acreditación de Organismo de Certificación bajo el Nº OCP 008 por parte del Organismo Argentino de Acreditación (OAA) que exige el inciso a) del Artículo 4º de la Resolución Nº 262/19 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, según alcance que consta en el IF-2019- 36210760-APN-SSPMI#MPYT obrante en el expediente de la referencia, en materia de “hornos a microondas para uso doméstico alimentados desde la red eléctrica y su consumo de modo en espera”, según F01-(DC-CP-01).

Que, igualmente, se ha verificado que la empresa INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. cuenta con personaría jurídica (PV-2019-20690811-APN-SSPMI#MPYT) y con un plantel idóneo radicado en el país, capacitado para las funciones que debe cumplir (IF-2019-40518181-APN-SSPMI#MPYT).

Que, en relación al requisito que exige el inciso c) del Artículo 4º de la Resolución Nº 262/19 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, la citada empresa ha presentado, según las constancias obrantes como IF-2019-00222206- APN-DPCIYC#MPYT en el expediente citado en el Visto, la contratación del seguro de responsabilidad civil correspondiente, Póliza N° 15-0003562 emitida por la empresa ZURICH ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., con una vigencia desde las DOCE HORAS (12:00 hs) del día 30 de septiembre de 2018 hasta las DOCE HORAS (12:00 hs) del día 30 de septiembre de 2019, con una cobertura de los riesgos de la actividad dentro de lo previsto en la legislación vigente, siendo admitido sin observaciones.

Que, mediante el Artículo 16 de la Resolución N° 262/19 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, se definió como Autoridad de Aplicación del régimen en cuestión a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE MERCADO INTERNO.

Que es intención de la Autoridad de Aplicación buscar las formas adecuadas y eficientes para encauzar la aplicación de la reglamentación técnica contemplada en la Disposición N° 170/16 de la ex Dirección Nacional de Comercio Interior, teniendo en cuenta su real y efectiva posibilidad de implementación.

Que en virtud de lo expuesto corresponde por la presente medida reconocer a la empresa INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. como Organismo de Certificación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Resolución N° 262/19 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE MERCADO INTERNO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Reconócese a la empresa INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. como Organismo de Certificación para la aplicación de la Disposición Nº 170 de fecha 1 de noviembre de 2016 de la ex Dirección Nacional de Comercio Interior dependiente de la ex SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en materia de Etiquetado de Eficiencia Energética para “hornos a microondas para uso doméstico alimentados desde la red eléctrica y su consumo de modo en espera”, mediante la certificación de lo dispuesto por las Normas IRAM 62412 e IRAM 62301.

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese, a la empresa INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. de la presente medida.

ARTÍCULO 3º- La presente resolución comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. Nicolás Carlos D’Odorico

e. 01/10/2019 N° 74436/19 v. 01/10/2019

Fecha de publicación 01/10/2019