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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 829/2019

DA-2019-829-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-71120785-APN-SGM#JGM, la Ley N° 27.467, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 298 del 9 de marzo de 2018 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que por el Decreto N° 355/17 y su modificatorio se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que por la Decisión Administrativa N° 298/18 y sus modificatorias se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura transitoria del cargo de Coordinadora de Formación Integral de la DIRECCIÓN DE FORMACIÓN PARA LOS ACTORES DE LA ECONOMÍA POPULAR dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS INTEGRADORAS de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTICULO 1°.- Desígnase, con carácter transitorio, a partir del 1° de agosto de 2019 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a la señora Romina Paola BENITEZ (D.N.I. N° 32.420.739), en el cargo de Coordinadora de Formación Integral de la DIRECCIÓN DE FORMACIÓN PARA LOS ACTORES DE LA ECONOMÍA POPULAR dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS INTEGRADORAS de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTICULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente decisión administrativa, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley

e. 04/10/2019 N° 75864/19 v. 04/10/2019

Fecha de publicación 04/10/2019