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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6794/2019

27/09/2019

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular OPRAC 1 - 987 LISOL 1 - 849 Financiamiento al sector público no financiero. Programa de emisión de letras del tesoro de la provincia de Entre Ríos “Letras ER 2019”.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- No formular observaciones, respecto de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir letras del tesoro a ser emitidas –en PESOS– por la provincia de Entre Ríos por hasta la suma en circulación de valor nominal $ 2.958.706.100 –o su equivalente en moneda extranjera–, en el marco del programa denominado “Letras ER 2019” –creado por el Decreto provincial Nº 283/19– y de acuerdo con las condiciones establecidas en la Resolución Nº 145/19 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de fraccionamiento del riesgo crediticio establecidas en las normas citadas.

Al no contar estas letras con alguna de las garantías elegibles previstas por las normas de esta Institución, las entidades financieras adquirentes deberán cumplir además las disposiciones aplicables establecidas en las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras” y “Financiamiento al sector público no financiero” (puntos 2.6.2.8. –mayor ponderador de riesgo– y 6.1.2.1., acápite b –límite global del 5 % de la responsabilidad patrimonial computable de la entidad–, respectivamente).”

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustín Torcassi, Subgerente General de Regulación Financiera.

e. 07/10/2019 N° 76104/19 v. 07/10/2019

Fecha de publicación 07/10/2019