Edición del
26 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 873/2019

RESOL-2019-873-APN-SECT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2019

VISTO el EX- 2019-46031923 APN - DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que en páginas 29 a 39 del IF-2019-46072106-APN-DGDMT#MPYT de los autos citados en el VISTO, obra el acuerdo y su acta complementaria en página 1 del IF-2019-58656061-APN-DNRYRT#MPYT que lo integra, celebrado entre el SINDICATO FEDERACIÓN GRÁFICA BONAERENSE por el sector gremial y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INDUSTRIA GRÁFICA (FAIGA) por la parte empresaria, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo y su acta complementaria, las partes han pactado modificaciones al Convenio Colectivo de Trabajo N° 60/89, conforme las consideraciones obrantes en el texto al cual se remite.

Que asimismo, las cláusulas pactadas no contravienen el orden público laboral.

Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a la estricta correspondencia entre el alcance de representación del sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-35-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo obrante en páginas 29 a 39 del IF-2019-46072106-APN-DGDMT#MPYT y el acta aomplementaria que lo integra de página 1 del IF-2019 -58656061-APN-DNRYRT#MPYT, celebrado entre el SINDICATO FEDERACIÓN GRÁFICA BONAERENSE por el sector gremial y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INDUSTRIA GRÁFICA (FAIGA) por la parte empresaria, del EX-2019-46031923-APN-DGDMT#MPYT, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo de páginas 29 a 39 del IF-2019-46072106-APN-DGDMT#MPYT y el acta aomplementaria que lo integra de página 1 del IF-2019 -58656061-APN-DNRYRT#MPYT.

ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 60/89.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo, su acta complementaria y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/10/2019 N° 63138/19 v. 07/10/2019

Fecha de publicación 07/10/2019