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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


CORPORACIÓN INTERESTADUAL PULMARÍ

Decreto 693/2019

DECTO-2019-693-APN-PTE - Designaciones.

Ciudad de Buenos Aires, 07/10/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-17284989-APN-SGE#EA, la Ley N° 23.612, los Decretos N° 1410 del 25 de agosto de 1987 y N° 355 del 20 de mayo de 2017 y su modificatorio, la Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA N° 995 del 6 de agosto de 2019 y lo propuesto por dicha Cartera de Estado, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 23.612 ratificó el Convenio de creación de la CORPORACIÓN INTERESTADUAL PULMARÍ y el Estatuto de la misma, ambos aprobados por el Decreto N° 1410 del 25 de agosto de 1987.

Que el artículo 2° del mencionado estatuto estableció que la dirección y administración de la CORPORACIÓN INTERESTADUAL PULMARÍ estará a cargo de un Directorio compuesto por OCHO (8) miembros, CUATRO (4) de los cuales serán representantes del ESTADO NACIONAL: DOS (2) por el MINISTERIO DE DEFENSA, UNO (1) por el entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA y UNO (1) por el EJÉRCITO ARGENTINO; CUATRO (4) por la Provincia del NEUQUÉN: TRES (3) por el Gobierno de dicha provincia y UNO (1) por las comunidades MAPUCHES de la zona con personería jurídica reconocida, quienes durarán en sus mandatos CUATRO (4) años, pudiendo ser reelegidos. El representante del EJÉRCITO será un oficial superior en actividad y su función se considerará como destino de servicio.

Que el artículo 11 del precitado estatuto estableció que la fiscalización de la CORPORACIÓN INTERESTADUAL PULMARÍ estará a cargo de un Consejo de Vigilancia integrado por CUATRO (4) miembros, DOS (2) por el ESTADO NACIONAL: UNO (1) por el MINISTERIO DE DEFENSA – EJÉRCITO ARGENTINO y UNO (1) por el entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA; UNO (1) por el Gobierno de la Provincia del NEUQUÉN y otro en representación de la CONFEDERACIÓN INDÍGENA NEUQUINA, los que serán designados por las partes, por el término de DOS (2) años siendo reelegibles sin limitación.

Que se encuentran vacantes los cargos correspondientes a la representación del EJÉRCITO ARGENTINO en el DIRECTORIO y en el CONSEJO DE VIGILANCIA de la CORPORACIÓN INTERESTADUAL PULMARÍ y que la proposición para cubrir dichos cargos corresponde sea efectuada por el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, a fin de asegurar el eficaz funcionamiento de la misma.

Que el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO propone al señor Coronel D. Juan Manuel TRIPODI (M.I. 11.176.942) como integrante del Directorio y al Coronel D. Walter Esteban MARTINCHUK MIGLIAZZA (M.I. 18.153.770) como integrante del Consejo de Vigilancia.

Que por Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA N° 995/19, se aceptaron las renuncias como Directores Titulares de la CORPORACIÓN INTERESTADUAL PULMARI en representación del ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA, de los señores Tomás Eduardo BENITEZ y Pedro Pablo CORTEZ.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA propone al señor Federico GIGENA RISSO (D.N.I. 29.316.473) y al señor Juan Manuel TEALDO (D.N.I. 13.296.433) como integrantes del Directorio de la citada Corporación, en representación de dicho Ministerio.

Que el Servicio Jurídico de Asesoramiento Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que la medida propuesta se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase por un período de ley, a partir de la fecha del presente decreto en la CORPORACIÓN INTERESTADUAL PULMARÍ, en representación del EJÉRCITO ARGENTINO, al señor Coronel D. Juan Manuel TRIPODI (M.I. 11.176.942) como integrante del Directorio y al Coronel D. Walter Esteban MARTINCHUK MIGLIAZZA (M.I. 18.153.770) en el Consejo de Vigilancia.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase a partir de la fecha del presente decreto como integrantes del Directorio de la CORPORACIÓN INTERESTADUAL PULMARÍ, en representación del ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA de la CORPORACIÓN INTERESTADUAL PULMARÍ, al Abogado D. Federico GIGENA RISSO (D.N.I. 29.316.473) y al Contador Público D. Juan Manuel TEALDO (D.N.I. 13.296.433), para completar un periodo de ley hasta el 5 de mayo de 2021.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Oscar Raúl Aguad

e. 08/10/2019 N° 76600/19 v. 08/10/2019

Fecha de publicación 08/10/2019