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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 891/2019

RESOL-2019-891-APN-SECT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2019

VISTO el EX-2019-10979771-APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en el orden N° 10, IF-2019-17672160-APN-SECT#MPYT, del EX-2019–10979771–APN-DGDMT#MPYT, obra el acuerdo celebrado entre la UNIÓN TRANVIARIOS AUTOMOTOR (U.T.A.), por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRANSPORTADORES POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS (FATAP), por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del presente y de conformidad con lo previsto por el Decreto Nº 1043/18, las partes convienen el pago de una asignación dentro de los términos y condiciones estipulados.

Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad del sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que sin perjuicio de ello, corresponde señalar que la homologación que por el presente acto se resuelve no alcanza a lo manifestado por la parte empresaria, referido a la condición a la que pretende sujetarse el cumplimiento efectivo de lo acordado, por tratarse de una cuestión ajena al ámbito colectivo.

Que los agentes negociales han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente por ante esta Cartera de Estado.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-35-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo obrante en el orden N° 10, IF-2019-17672160-APN-SECT#MPYT, del EX-2019–10979771–APN-DGDMT#MPYT, celebrado entre la UNIÓN TRANVIARIOS AUTOMOTOR (U.T.A.), por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRANSPORTADORES POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS (FATAP), por la parte empleadora, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática Tecnología y Gestión Documental a fin del registro del registro del acuerdo obrante en el orden N° 10, IF-2019-17672160-APN-SECT#MPYT, del EX-2019–10979771–APN-DGDMT#MPYT.

ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/10/2019 N° 63185/19 v. 08/10/2019

Fecha de publicación 08/10/2019