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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 471/2018

RESOL-2018-471-APN-SECT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2018

VISTO el Expediente Nº 1.742.140/17 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 luce un Acuerdo celebrado por la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE) por el sector sindical, y la empresa CENTRAL TERMOELECTRICA GUILLERMO BROWN SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1541/16 “E” de acuerdo a las disposiciones de la ley N° 14.250 (t.o. 2004) de negociaciones colectivas.

Que en el Acuerdo de marras las partes convienen que a los jefes de turno con modalidad de turnos rotativos que presten servicios en el establecimiento de la empresa en Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, se computará ciento cincuenta y seis horas mensuales para el cálculo de pago de las horas extraordinarias, con vigencia desde el 1° de octubre de 2016.

Que debe dejarse aclarado que el cálculo indicado en ningún caso podrá resultar inferior a la liquidación que pudiera corresponder de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.744 (t.o.1976).

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias que obran en autos y ratificaron su contenido.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE) por el sector sindical, y la empresa CENTRAL TERMOELECTRICA GUILLERMO BROWN SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, que luce a fojas 2/3 del Expediente N° 1.742.140/17.

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de que registre el acuerdo de fojas 2/3 del Expediente N° 1.742.140/17

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo junto al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N°1541/16 “E”.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/10/2019 N° 63633/19 v. 09/10/2019

Fecha de publicación 09/10/2019