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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 420/2018

RESOL-2018-420-APN-SECT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2018

VISTO el Expediente N° 2318/16 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente N° 2318/16, obra el acuerdo, celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES CERVECEROS ISENBECK, por la parte sindical, y la empresa CERVECERÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA ISENBECK, por la parte empleadora, conjuntamente ratificado a fojas 39 por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES CERVEZEROS Y AFINES (F.A.T.C.A.), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 575/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el acuerdo de fojas 2, los agentes negociadores convienen un crédito de horas mensuales en los términos y condiciones allí expuestas.

Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el acuerdo cuya homologación se persigue en el presente trámite, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos y han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado “orden público laboral”.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnica Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 676/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES CERVECEROS ISENBECK por la parte sindical, y la empresa CERVECERIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA ISENBECK, por la parte empleadora, que luce a fojas 2, conjuntamente ratificado a fojas 39 por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES CERVEZEROS Y AFINES (F.A.T.C.A.), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 575/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo y el acta de ratificación de fojas 2 y 39, respectivamente del Expediente N° 2318/16.

ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 575/10.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/10/2019 N° 64012/19 v. 10/10/2019

Fecha de publicación 10/10/2019