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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Decisión Administrativa 848/2019

DA-2019-848-APN-JGM - Recházase recurso.

Ciudad de Buenos Aires, 16/10/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-19483418-APN-DGDYD#JGM, el entonces vigente Decreto Nº 1165 de fecha 11 de noviembre de 2016 y su modificatorio Decreto N° 851 del 23 de octubre de 2017, la Decisión Administrativa Nº 177 de fecha 15 de marzo de 2019, y la Disposición Nº 79 de fecha 03 de septiembre de 2018 y la Resolución Nº 4 de fecha 10 de enero de 2019, ambas de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 177/19 se designó con carácter transitorio, a partir del 4 de diciembre de 2018, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la doctora Andrea Rocío MARTURANO (D.N.I. Nº 35.377.656), en un cargo de la planta permanente Nivel B, Grado 0 del SINEP, como Directora de Asuntos Jurídicos de la DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Que, en virtud de ello, la señora Araceli DÍAZ SANTIAGO (DNI Nº 34.507.291) interpuso recurso de reconsideración contra la referida decisión administrativa por considerarla un acto nulo de nulidad absoluta e insanable.

Que la recurrente manifiesta que a través de dicha medida se designó a una nueva Directora de Asuntos Jurídicos de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, sin que la vacancia en el cargo se haya producido conforme a derecho, entendiendo que mediante la Disposición de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO Nº 79 de fecha 3 de septiembre de 2018 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 31 de agosto de 2018, entre otras, su designación transitoria.

Que tal como lo establece el artículo 74 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017, sólo se encuentra legitimado para la interposición de recursos administrativos quien alegue un derecho subjetivo o un interés legítimo.

Que teniendo en cuenta que la Decisión Administrativa N° 177/19 no resuelve ninguna pretensión vinculada con la señora Araceli DÍAZ SANTIAGO, sino que dispone cubrir el cargo de Director de Asuntos Jurídicos en la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO con la designación transitoria de otra profesional, resulta evidente que el acto impugnado no contiene ninguna estipulación que prima facie pueda dar cuenta de una lesión a los derechos subjetivos o intereses legítimos de la recurrente, atento que no resulta titular de un derecho subjetivo o interés legítimo, ni para obtener la designación que impugna ni como afectada por dicha designación.

Que en virtud de ello la recurrente no se encuentra legitimada para la interposición del recurso administrativo en cuestión.

Que, sin perjuicio de la falta de legitimación de la recurrente, corresponde pronunciar que la expiración de la prórroga de la designación transitoria de la recurrente, otorgada mediante la mencionada Disposición de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO Nº 79/18 y, como consecuencia, la configuración de la vacancia del cargo, se produjo el 31 de octubre de 2018, de pleno derecho, teniendo en cuenta la instrucción impartida por el entonces vigente Decreto N° 1165/16 y su modificatorio N° 851/17, que establecía en su artículo 2° que en ningún caso las prórrogas de las designaciones transitorias, tales como las que usufructuaba la recurrente, podían exceder el 31 de octubre de 2018.

Que vale destacar que tales decretos no han sido impugnados por la recurrente.

Que, asimismo, fue la misma recurrente la que en el marco de los autos caratulados “DÍAZ SANTIAGO, Araceli c/ EN– BIBLIOTECA NACIONAL s/ AMPARO LEY 16.986” - Causa N° 85.056/2018, alegó que: “La Disposición N° DI-2018-79-APN-BNMM#MC, de fecha 3 de septiembre de 2018, es un acto nulo afectado de nulidad absoluta e insanable (por violación de la ley aplicable, conforme art. 14 inc. b, última parte de la Ley 19.549), porque sin atender al texto del artículo 2° del Decreto 1165/16, dispuso una prórroga de 180 días hábiles de mi designación como Directora de Asuntos Jurídicos”.

Que en este sentido corresponde recordar que mediante la Resolución N° 4 de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO de fecha 10 de enero de 2019 se rectificó el artículo 1° de la Disposición de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO N° 79/18, limitándose el tiempo de vigencia de las prórrogas de las designaciones allí consignadas al 31 de octubre de 2018, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1165/16 y su modificatorio.

Que por todo lo expuesto, corresponde rechazar el recurso intentado por carecer de legitimación su presentante, la Dra. Araceli DÍAZ SANTIAGO (D.N.I. N° 34.507.291) y, sin perjuicio de ello, rechazar los vicios denunciados contra la Decisión Administrativa N° 177/19.

Que los Servicios Jurídicos permanentes de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA y del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA han tomado las intervenciones de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE

ARTÍCULO 1°.- Recházase en todos sus términos el recurso de reconsideración interpuesto por la señora Araceli DÍAZ SANTIAGO (D.N.I. N° 34.507.291) contra la Decisión Administrativa N° 177 de fecha 15 de marzo de 2019, por los argumentos expuestos en los considerandos del presente acto.

ARTÍCULO 2°.- Hágase saber a la interesada que dentro de los CINCO (5) días de notificada la presente, podrá mejorar o ampliar los fundamentos del recurso jerárquico en subsidio, en los términos del artículo 88 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. Marcos Peña - Alejandro Finocchiaro

e. 17/10/2019 N° 79063/19 v. 17/10/2019

Fecha de publicación 17/10/2019