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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD

Resolución 2634/2019

RESOL-2019-2634-APN-SGS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 16/10/2019

VISTO el EX-58579829- -APN-DNCSSYRS#MSYDS del Registro del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL; y,

CONSIDERANDO:

Que las políticas de Salud tienen por objetivo primero y prioritario asegurar el acceso de todos los habitantes de la Nación a los Servicios de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones de carácter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitación, sean éstos de carácter público estatal, no estatal o privados; con fuerte énfasis en el primer nivel de atención.

Que en el marco de las políticas vinculadas a la salud, desarrolladas por el ESTADO NACIONAL a través de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD, se implementa el PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA, creado por Resolución Nº 432 de fecha 27 de noviembre de 1992 de la entonces SECRETARÍA DE SALUD del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL, actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD, modificado por la Resolución Ministerial N° 856-E/2017, con el objeto de llevar adelante un conjunto de acciones destinadas a promover la calidad de las prestaciones en los Servicios de Salud.

Que entre los objetivos del referido Programa se incluye la investigación, el diseño de instrumentos, la capacitación, la gestión de mejoras y reducción de los riesgos sanitarios en los establecimientos de todo el país.

Que por Decreto N° 908/16 se aprueba la Estrategia de COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD (Estrategia CUS), que tiene como finalidad el fortalecimiento y modernización del sector público de salud, el desarrollo de la Atención Primaria de la Salud, el mejoramiento de la calidad de los servicios de salud y el fortalecimiento de los recursos humanos en salud, entre otros.

Que por Resolución Nº 475/16 se instruyó a todos los programas dependientes de esta SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD a colaborar y coordinar su accionar con la implementación y el desarrollo de la Estrategia CUS, con el objeto de promover el acceso a la atención sanitaria integral gratuita y con la calidad adecuada, jerarquizando el Primer Nivel de Atención y se invitó a las jurisdicciones locales a adherir a los lineamientos establecidos en el Decreto citado.

Que el Convenio Marco aprobado por Resolución Nº 1013/18 estipula como uno de los ejes estratégicos el monitoreo y evaluación de indicadores de calidad.

Que la Atención Primaria en Salud (APS) tiene un gran potencial para mejorar los resultados de salud de la población a través de intervenciones oportunas en el cuidado de la salud, en el proceso de enfermedad, así como para coordinar los circuitos de atención.

Que la calidad en la atención de la salud implica aumentar la cobertura efectiva en salud de la población de acuerdo con las mejores prácticas clínicas, priorizando las condiciones de salud más sensibles e implantando redes explícitas de servicios de salud que garanticen la continuidad del cuidado.

Que en este contexto se avanzó en la participación de la República Argentina en la “Primary Health Care Performance Initiative (PHCPI)”, una iniciativa liderada por desarrolladores de políticas de salud, profesionales de la salud y otros actores para catalizar la mejora en APS en países de bajos y medianos ingresos, que tiene como principal finalidad permitir a los países participantes realizar el seguimiento de los indicadores de desempeño claves para sus sistemas de APS y, de esta manera, proporcionar a los tomadores de decisión información esencial para llevar adelante sus mejoras.

Que en el año 2018 la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD consideró prioritario trabajar en el desarrollo de un panel de indicadores con el objetivo de monitorear el desempeño de la APS en el marco de la CUS.

Que en este marco se creó un equipo de trabajo integrado por representantes de la SUBSECRETARÍA DE COBERTURAS PÚBLICAS SANITARIAS, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA, la DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICAS E INFORMACIÓN EN SALUD y la UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL, quienes realizaron un mapeo de indicadores y llevaron adelante un proceso de consenso convocando expertos en la materia para acordar un panel de indicadores a medir en una primera etapa.

Que se convocaron expertos de las áreas relacionadas con la gestión de políticas relacionadas a la Atención Primaria de la Salud de esta la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD, representantes de las jurisdicciones provinciales, y representantes de las asociaciones científicas relacionadas con la materia, quienes acordaron y priorizaron el panel de indicadores a ser utilizado.

Que este panel de indicadores se plantea como una herramienta que permite definir una línea de base y de monitoreo de los servicios brindados en el marco de la CUS, y permitirá evaluar el desempeño de la Estrategia CUS en las jurisdicciones que han adherido a la misma.

Que el panel de indicadores se constituye también como una herramienta de gestión para la evaluación de desempeño de las autoridades sanitarias de cualquier nivel, ya sea municipal, provincial o nacional.

Que la SUBSECRETARÍA DE COBERTURAS PÚBLICAS SANITARIAS y la SECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS han tomado intervención en la faz de su competencia.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA, la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA avalan su incorporación al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el DOCUMENTO MARCO del PANEL DE INDICADORES PARA LA EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y EL DESEMPEÑO DE LA ATENCIÓN PRIMARIA que como Anexo I (IF-2019-58929926-APN-DNCSSYRS#MSYDS ) forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2°.- Apruébase el documento que contiene las FICHAS TÉCNICAS DE LOS INDICADORES SELECCIONADOS del Panel de Indicadores que como Anexo II (IF-2019-59182533- APN-DNCSSYRS#MSYDS) forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Incorpóranse al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA los documentos aprobados por los artículos que anteceden.

ARTÍCULO 4°.- Difúndase a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA el presente documento a fin de asegurar el máximo conocimiento y aplicación del mismo en el marco de dicho Programa Nacional.

ARTÍCULO 5º.- Invitase a las Jurisdicciones a adherir a la presente.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Adolfo Luis Rubinstein

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/10/2019 N° 79197/19 v. 18/10/2019

Fecha de publicación 18/10/2019