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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

Resolución 118/2019

RESOL-2019-118-APN-SAYBI#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-77335825- -APN-DGDMA#MPYT del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, la Ley N° 26.967, el Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016, las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 y 37 de fecha 24 de enero de 2008 y su modificatoria, ambas de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del ex – MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.967, se creó el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, establecido por la Resolución N° 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que en virtud de la mencionada normativa, se concede al solicitante el derecho de uso sin exclusividad del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” por el plazo de DOS (2) años contados desde la fecha de publicación de cada acto administrativo, exclusivamente para diferenciar aquellos productos que en cada caso se establece.

Que asimismo, por el Artículo 4° del Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016, se estableció un reintegro del CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5 %) adicional para aquellos productos que cuenten con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que por la Resolución N° RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del ex-MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, se dispuso que a los fines de acreditar ante el servicio aduanero que determinado producto cuenta con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” el interesado debe presentar un certificado por cada operación de exportación, expedido por la Dirección Nacional de Alimentos y Bebidas de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que en ese marco, resulta necesario establecer la exhibición obligatoria del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” respecto de aquellos productos destinados a la exportación y para los cuales se solicite el mencionado reintegro, a fin de cumplimentar con los objetivos previstos en el Artículo 3° de la Ley N° 26.967.

Que por la Resolución N° 37 de fecha 24 de enero de 2008 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y su modificatoria, se aprobó el Protocolo de Calidad para “VINOS ARGENTINOS”.

Que la firma LA AGRÍCOLA SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30-51787491-0), con Certificado de Inscripción de Establecimiento N° A-72320, expedido por el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, sito en Ruta Provincial N° 33, kilómetro 7,5, de la Localidad de Fray Luis Beltrán, Provincia de MENDOZA, ha solicitado el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, para distinguir a su producto “VINO ARGENTINO”, para las marcas: “SANTA JULIA”, “FUZION”, “FAMILIA ZUCCARDI”, “FUZION ALTA”, “ALAMBRADO”, “MALAMADO”, “UVAS DEL SOL”, “SANTA VERÓNICA”, “LA MECHITA”, “FINCA BELTRÁN”, “SUELO ARGENTINO”, “EL ABASTO”, “CHIMANGO”, “FINCAS DEL SUR”, “SERIE A”, “FINCA PIEDRA INFINITA”, “ALUVIONAL”, “CACHIBACHE”, “SANTA ROSA”, “VIDA ORGÁNICA”, “EL BAR ARGENTINO”, “LAS PILETAS”, “VILLAVIEJA”, “ANIMADO”, “COMPADRE”, “FINCA ANDINOS” y “ZUCCARDI Q”, para aquellas partidas que presenten los Certificados de Análisis que indican Aptitud de Exportación y Libre Circulación junto con el correspondiente Certificado de Análisis Sensorial, todos ellos expedidos por el citado INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA de conformidad a lo establecido por la Ley N° 26.967 y las referidas Resoluciones Nros. 392/05 y 37/08.

Que el peticionante ha cumplido con todos los recaudos y condiciones generales y particulares requeridos por la citada Ley N° 26.967 y la mencionada Resolución Nº 392/05, para la obtención del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, como así también ha acreditado el cumplimiento del referido Protocolo de Calidad para “VINOS ARGENTINOS” aprobado por la referida Resolución N° 37/08.

Que la Dirección de Gestión de Calidad de la Dirección Nacional de Alimentos y Bebidas de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, elaboró el informe correspondiente, entendiendo que se encuentran cumplidos los requisitos técnicos para la cesión del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Concédese el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, a la firma LA AGRÍCOLA SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30-51787491-0), con Certificado de Inscripción de Establecimiento N° A-72320, expedido por el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, sito en Ruta Provincial N° 33, kilómetro 7,5, de la Localidad de Fray Luis Beltrán, Provincia de MENDOZA, y con domicilio constituido en la calle Vuelta de Obligado N° 1.947, Piso 10, Oficinas “A” y “B” de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, para su producto: “VINO ARGENTINO”, para las marcas: “SANTA JULIA”, “FUZION”, “FAMILIA ZUCCARDI”, “FUZION ALTA”, “ALAMBRADO”, “MALAMADO”, “UVAS DEL SOL”, “SANTA VERÓNICA”, “LA MECHITA”, “FINCA BELTRÁN”, “SUELO ARGENTINO”, “EL ABASTO”, “CHIMANGO”, “FINCAS DEL SUR”, “SERIE A”, “FINCA PIEDRA INFINITA”, “ALUVIONAL”, “CACHIBACHE”, “SANTA ROSA”, “VIDA ORGÁNICA”, “EL BAR ARGENTINO”, “LAS PILETAS”, “VILLAVIEJA”, “ANIMADO”, “COMPADRE”, “FINCA ANDINOS” y “ZUCCARDI Q”, para aquellas partidas que presenten los Certificados de Análisis que indican Aptitud de Exportación y Libre Circulación junto con el correspondiente Certificado de Análisis Sensorial, todos ellos emitidos por el citado INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 26.967 y las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 y 37 de fecha 24 de enero de 2008 y su modificatoria, ambas de la ex- SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Contrato de Cesión de Uso Temporal Sin Exclusividad del referido Sello que como Adjunto registrado con el N° IF-2019-89064389-APN-DGC#MPYT, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El derecho de uso cedido por el artículo precedente se acuerda por el plazo de DOS (2) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase la propuesta de exhibición del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, en la muestra de rótulo y/o elemento de packaging del producto para el cual se concede el derecho de uso del Sello y que como Adjunto registrado con el N° IF-2019-77687222-APN-DGC#MPYT forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Hácese saber a la firma “LA AGRÍCOLA SOCIEDAD ANÓNIMA” (C.U.I.T. N° 30-51787491-0), la obligatoriedad del uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, de acuerdo con la forma de exhibición aprobada en el artículo precedente; para aquellos productos destinados a la exportación y respecto de los cuales se solicite la emisión de los certificados referidos en el Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del ex-MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, a los efectos del reintegro adicional establecido por el Artículo 4° del Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. William Andrew Murchison

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.agroindustria.gob.ar

e. 22/10/2019 N° 79865/19 v. 22/10/2019

Fecha de publicación 22/10/2019