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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO

Disposición 69/2019

DI-2019-69-APN-SSME#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2019

Visto el expediente EX-2017-30380311-APN-DDYME#MEM y los expedientes en tramitación conjunta EX-2017-34395701-APN-DDYME#MEM y EX-2019-05953613-APN-DGDOMEN#MHA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa Sybac Solar IV Sociedad Anónima (Sybac Solar IV S.A.) solicitó su habilitación como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), para su Parque Solar Fotovoltaico San Carlos de diez megavatios (10 MW) de potencia nominal instalada, ubicado en el departamento de San Carlos, provincia de Salta, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en la Línea de Media Tensión de treinta y tres kilovoltios (33 kV) Cafayate - Cachi, jurisdicción de la Empresa Distribuidora de Electricidad de Salta Sociedad Anónima (Edesa S.A.).

Que mediante la nota B-122687-1 del 21 de diciembre de 2017 obrante en el expediente EX-2017-34395701-APN-DDYME#MEM (IF-2017-34435730-APN- DDYME#MEM), Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) informó que la firma Sybac Solar IV S.A. cumple los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MEM.

Que por la resolución 8 del 2 de febrero de 2018 obrante en el expediente EX-2019-05953613-APN-DDYME#MEM (IF-2019-06000719-APN-DGDOMEN#MHA), la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable de la provincia de Salta resolvió aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del citado proyecto.

Que Sybac Solar IV S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM en calidad de generador para el Parque Solar Fotovoltaico San Carlos se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina 34.066 del 28 de febrero de 2019, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista dependiente de esta Subsecretaría de Mercado Eléctrico ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la ley 24.065 y el artículo 1° de la resolución 12 del 16 de abril de 2019 de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico dependiente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-12-APN-SRRYME#MHA).

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE MERCADO ELÉCTRICO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar el ingreso como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a Sybac Solar IV Sociedad Anónima (Sybac Solar IV S.A.) para su Parque Solar Fotovoltaico San Carlos de diez megavatios (10 MW) de potencia nominal instalada, ubicado en el departamento de San Carlos, provincia de Salta, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en la Línea de Media Tensión de treinta y tres kilovoltios (33 kV) Cafayate - Cachi, jurisdicción de Empresa Distribuidora de Electricidad de Salta Sociedad Anónima (Edesa S.A.).

ARTÍCULO 2°.- Instruir a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a Sybac Solar IV Sociedad Anónima, titular del Parque Solar Fotovoltaico San Carlos en su vínculo de interconexión con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notificar a Sybac Solar IV S.A., a CAMMESA, a Edesa S.A. y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Alberto Luchilo

e. 23/10/2019 N° 80503/19 v. 23/10/2019

Fecha de publicación 23/10/2019