ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS
Resolución 155/2019
RESOL-2019-155-APN-AGP#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-92579301-APN-MEG#AGP iniciado en esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que por los artículos 1° y 2° de la Resolución N° RESOL-2019-153-APN-AGP#MTR, recaída en el expediente del VISTO, se abrogó la Resolución AGPSE N° 13/03 y se sustituyó el artículo 10 de la Resolución AGPSE N° 59/11, en los términos allí consignados, respectivamente.
Que, con el fin de otorgarle amplia difusión a lo decidido, es menester publicar dicha norma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por UN (1) día.
Que el suscripto, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 23.696, el Estatuto Social de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, aprobado por Decreto Nº 1456/87 y el Decreto Nº 528/16, está facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Publíquese la Resolución N° RESOL-2019-153-APN-AGP#MTR en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por UN (1) día.
ARTÍCULO 2°.- Por la SUBGERENCIA DE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA notifíquese a todas las Dependencias, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y, oportunamente, archívese. Gonzalo Mórtola
e. 25/10/2019 N° 81595/19 v. 25/10/2019
Fecha de publicación 25/10/2019