BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “B” 11900/2019
18/10/2019
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LOS OPERADORES DE CAMBIO:
Ref.: Punto 3.9. del Texto Ordenado de las Normas sobre Exterior y Cambios.
Nos dirigimos a Uds. con referencia a las disposiciones incluidas en el punto 3.9. de las normas sobre Exterior y Cambios.
En tal sentido, les comunicamos que, hasta el 31 de octubre, la suspensión a la que alude el citado punto 3.9 de las normas sobre Exterior y Cambios solo procederá una vez comunicada por el Banco Central a la entidad involucrada a través del sitio seguro https://www3.bcra.gob.ar.
Dicha suspensión procederá, ya sea por la no presentación de la información del Régimen Informativo de Operaciones de Cambio o por la falta de validación en los controles preexistentes al 11 de octubre de 2019, cuando se registren durante el plazo definido en el primer párrafo del punto 3.9.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Silvina Ibañez, Subgerente de Regímenes Prudenciales y Normas de Auditoría - Rodrigo J. Danessa, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información a/c
e. 25/10/2019 N° 81343/19 v. 25/10/2019
Fecha de publicación 25/10/2019