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MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 933/2019

RESOL-2019-933-APN-SECT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2019

VISTO el Expediente Nº 567.233/17 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 66/68 del Expediente de referencia obra el acuerdo celebrado entre la Seccional Rosario del SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa SENSOR AUTOMATIZACION AGRICOLA SOCIEDAD ANONIMA conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 82 fue ratificado por el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA , entidad central.

Que en el mismo se pacta un incremento salarial en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 1258/12 “E”.

Que respecto a la contribución solidaria pactada se hace saber que su operatividad queda circunscripta al plazo de vigencia del acuerdo.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo..

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que se encuentra constituida la comisión negociadora conforme a lo previsto en la Ley N° 23.546.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004)

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio del acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, deberá evaluarse la procedencia de efectuar el cálculo de los topes indemnizatorios previstos por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-35-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Decláranse homologados el acuerdo y el acta complementaria celebrados entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la SENSOR AUTOMATIZACION AGRICOLA SOCIEDAD ANONIMA, que lucen a fojas 66/68 y 82 del Expediente Nº 567.233/17, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).

ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro del acuerdo obrante a fojas 66/68 y el acta complementaria de fojas 82 del Expediente Nº 567.233/17.

ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1258/12 “E”.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo y acta complementaria homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/10/2019 N° 72256/19 v. 28/10/2019

Fecha de publicación 28/10/2019