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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 4517/2019

DI-2019-4517-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2019

VISTO el Expediente EX-2019-80704381- -APN-DRH#DNM, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, la Ley N° 27.467, el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, el Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio Decreto N° 859 del 26 de septiembre de 2018, la Decisión Administrativa N° 338 del 16 de marzo de 2018, la Resolución N 39 del 18 de marzo de 2010 de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 32 del 30 de octubre de 2018, las Disposiciones DI-2018-5843-APN-DNM#MI del 22 de noviembre de 2018, DI-2018-6140-APN-DNM#MI del 14 de diciembre de 2018 y DI-2019-3317-APN-DNM#MI del 5 de agosto de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 3° del Decreto N° 355/17, sustituido por el artículo 2° del Decreto N° 859/18, se dispone que toda designación del personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista en la planta permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Secretarios de Gobierno.

Que el artículo 5° del Decreto N° 355/17, sustituido por el artículo 4° del Decreto N° 859/18, establece que los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3°, 4° y 8° del mencionado Decreto.

Que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a través de su Dictamen IF-2017-32619814-APN-ONEP#MM se expidió manifestando que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES deviene competente para aprobar las designaciones de personal en la planta permanente luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, entre otras cuestiones.

Que por la Decisión Administrativa Nº 338/18 se autorizó como excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27.431 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de SIETE MIL (7.000) cargos vacantes pertenecientes a la reserva establecida por el artículo 6° de dicha Ley, en el ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° RESOL-2018-32-APN-SECEP#JGM se asignaron SEISCIENTOS DIECINUEVE (619) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES autorizados para su cobertura por el artículo 4° de la Decisión Administrativa N° 338/18, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que mediante la Resolución de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por la Disposición DI-2018-5843-APN-DNM#MI se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de SEISCIENTOS DIECINUEVE (619) cargos vacantes y financiados de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, conforme lo establecido por el artículo 29 del Anexo I de la Resolución de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias.

Que por la Disposición DI-2018-6140-APN-DNM#MI, se aprobaron las Bases de la Convocatoria presentadas por los respectivos Comités de Selección.

Que el Comité de Selección Nº 1 ha actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución N° 39/10 de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por la Disposición DI-2019-3317-APN-DNM#MI se aprobaron los Órdenes de Mérito conforme lo previsto en el artículo 64 del Anexo I de la Resolución citada en el considerando precedente, respecto de los postulantes para cada uno de los cargos, con sus respectivos puntajes.

Que por el Anexo II del Acta N° 14 del 16 de julio de 2019, rectificada por su similar N° 15 del 25 de julio de 2019 el Comité de Selección N° 1, luego del análisis de los antecedentes resolvió recomendar la asignación de UN (1) grado a todos los agentes involucrados en la presente medida por aplicación de los artículos 24, 31 y/o 128 del Anexo del Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de esta Dirección Nacional ha procedido a la ponderación del grado a asignar en cada caso, de acuerdo a las pautas establecidas por los artículos 31 y 128 del Anexo del Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que los agentes propuestos para cubrir los respectivos cargos han cumplimentado los requisitos establecidos en la reglamentación vigente.

Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura de los mencionados cargos.

Que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de esta Dirección Nacional ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 29 de la Ley N° 25.565 y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996 y por el artículo 5° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017, sustituido por el artículo 4° del Decreto N° 859 del 26 de septiembre de 2018.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnanse en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA a las personas detalladas en el Anexo (DI-2019-96087194-APN-DNM#MI) que forma parte integrante de la presente medida en el cargo, agrupamiento, nivel, grado y tramo del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, indicado en cada caso y en la dependencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES que se determina.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA - Entidad 201 - DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Horacio José García

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/10/2019 N° 81918/19 v. 29/10/2019

Fecha de publicación 29/10/2019