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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA

Resolución 229/2019

RESOL-2019-229-APN-INA#MI

José María Ezeiza, Buenos Aires, 25/10/2019

VISTO el Expediente EX-2019-89029906-APN-INA#MI del Registro de este INSTITUTO NACIONAL DE AGUA (INA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, las Leyes Nros. 27.467 y 25.164, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, los Decretos Nros. 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 632 del 6 de julio de 2018, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, las Resoluciones de este INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Nros. 63 del 3 de abril de 2019, 84 del 22 de abril de 2019, 158, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 169, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176 y 177 todas del 27 de agosto de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.467 y sus modificatorias se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que por el artículo 7° de la mencionada Ley, quedan exceptuados de lo prohibición de cobertura, entre otros, los cargos correspondientes al personal científico y técnico de los organismos indicados en el inciso a) del artículo 14 de la ley 25.467 entre los cuales se encuentra este INSTITUTO NACIONAL DE AGUA (INA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que, asimismo, por el inciso f) del artículo 2° del Decreto 632/18 quedan exceptuados de la prohibición prevista en el artículo 1° de la mencionada medida, entre otros, las designaciones en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, establecido por la Ley N° 25.467.

Que la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, dispone que el régimen de estabilidad comprende al personal que ingrese por los mecanismos de selección que se establezcan.

Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la entonces JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que mediante Resolución INA N° 63 de fecha 3 de abril de 2019, se designó a los miembros de los Comité de Selección, conforme los ANEXOS IF-2019-20011073-APN-DRRHHYO#INA correspondiente al Comité N° 1 e IF-2019-20011573-APN-DRRHHYO#INA correspondiente al Comité de Selección N° 2 de la mencionada Resolución, para proveer la cobertura TREINTA Y OCHO (38) cargos del Agrupamiento Científico Técnico de la Planta Permanente de personal de este INSTITUTO NACIONAL DE AGUA.

Que por Artículo 1° de la Resolución INA Nro. 84 de fecha 22 de abril de 2019, se aprobaron las Bases del Concurso dictadas por el Comité de Selección N° 1, para la cobertura de DIECISIETE (17) cargos del Agrupamiento Científico Técnico de la Planta Permanente.

Que por Artículo 2° de la mencionada Resolución INA Nro. 84/19, se aprobaron las Bases del Concurso dictadas por el Comité de Selección N° 2, para la para la cobertura de VEINTIÚN (21) cargos del Agrupamiento Científico Técnico de la Planta Permanente.

Que, asimismo, por las Resoluciones INA Nros. 158, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 169, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176 y 177 todas de fecha 27 de agosto de 2019 se aprobaron los Órdenes de Mérito para la cobertura de los TREINTA Y OCHO (38) cargos involucrados, vacantes y financiados, convocados mediante la Resolución INA Nro. 84/19, luego de haber finalizado la totalidad de las etapas del proceso de selección.

Que los Comités de Selección se expidieron respecto a la recomendación de los grados a asignar, conforme artículo 24 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS ha realizado la ponderación de los grados a asignar, conforme los artículos 31 y 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado.

Que corresponde, entonces, dictar el acto administrativo que designe al personal en la Planta Permanente de este INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA o promueva de Nivel Escalafonario a quienes obtuvieron los cargos concursados conforme el orden de mérito, el cual ha sido publicado y no ha sido objeto de impugnaciones, habiendo transcurrido los plazos legales previstos.

Que el único postulante al cargo “INVESTIGADOR EN RECURSOS HÍDRICOS - NIVEL C - SANTA FE – RCOE:2019-19621-INAGUA-C-SI-X-C”, ha presentado su desistimiento a la designación.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y su complementaria, habiendo verificado la existencia de los cargos a cubrir, informados en la RESOL-1380-2019 “Actualización de Cargos Abril 2019” para la Jurisdicción 30 SAF 108, Anexo III IF-2019-68235516-APN-DNGIYPS.

Que el artículo 3° del Decreto 355/17 y su modificatorio establece que, la designación del personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista en la Planta Permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas Jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y los Secretarios de Gobierno. Dichos actos administrativos deberán ser publicados en el Boletín Oficial.

Que el artículo 5° del mencionado Decreto 355/17 establece que los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3°, 4° y 8° del mencionado Decreto.

Que mediante IF-2019-91136814-APN-PTN el Señor Procurador del Tesoro de la Nación dictaminó que el INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA está alcanzado por el artículo 5° del Decreto N° 355/17.

Que la SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN del INA ha efectuado las provisiones presupuestarias necesarias para la cobertura de los mencionados cargos.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS y la ASESORÍA JURÍDICA del INA.

Que la presente medida encuadra en las facultades conferidas al suscripto conforme la Ley N° 20.126, el Decreto N° 297 del 12 de abril de 2018 y el artículo 5° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase, en la Planta Permanente del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA al personal que se detalla en el Anexo IF-2019-96489491-APN-SRRHH#INA, que forma parte integrante de la presente medida, de acuerdo a las condiciones consignadas en el mismo.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 30, Entidad 108 - INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA (INA).

ARTÍCULO 3°.- El personal designado por el artículo 1° de la presente medida deberá asumir sus respectivos cargos, dentro de los TREINTA (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución. De no verificarse tal circunstancia o de cesar en sus funciones por cualquier causa, se procederá conforme lo previsto por el artículo 48 del Anexo del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, notifíquese a los interesados, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Pablo Daniel Spalletti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/10/2019 N° 83021/19 v. 31/10/2019

Fecha de publicación 31/10/2019