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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO

Disposición 91/2019

DI-2019-91-APN-SSME#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 30/10/2019

Visto el expediente EX-2019-01982641-APN-DGDOMEN#MHA y el expediente EX-2018-61938786-APN-DGDOMEN#MHA en tramitación conjunta, y

CONSIDERANDO:

Que la firma Central Puerto Sociedad Anónima (Central Puerto S.A.) comunicó a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) su decisión de desvincular del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a la unidad de generación Turbina de Vapor 14, identificada como LDCU TV14, que forma parte de la Central Térmica Luján de Cuyo.

Que CAMMESA ha realizado la evaluación establecida en el punto 9 del anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos) aprobados como anexo I por resolución 61 del 29 de abril de 1992 de la ex Secretaría de Energía Eléctrica dependiente del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos sus modificatorias y complementarias, e informó, mediante la nota B-133354-1 del 8 de enero de 2019, que la desvinculación del MEM de la unidad de generación Turbina de Vapor 14, que forma parte de la Central Térmica Luján de Cuyo, no tendrá impacto en la operación de la red regional ni afectará al funcionamiento global del sistema eléctrico.

Que la solicitud de desvinculación se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina 34.036 del 17 de enero de 2019, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista dependiente de la Subsecretaría de Mercado Eléctrico de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la ley 24.065 y el artículo 1° de la resolución 12 del 16 de abril de 2019 de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico dependiente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-12-APN-SRRYME#MHA).

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE MERCADO ELÉCTRICO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar la desvinculación del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de la unidad de generación Turbina de Vapor 14, identificada como LDCU TV14, que forma parte de la Central Térmica Luján de Cuyo, a partir del próximo periodo estacional, que se inicia el 1 de noviembre de 2019.

ARTÍCULO 2°.- Instruir al Organismo Encargado del Despacho (OED) a notificar a la firma Central Puerto Sociedad Anónima (Central Puerto S.A.), a la respectiva empresa Transportista o Prestadora de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica (FTT) e informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Notificar a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Alberto Luchilo

e. 31/10/2019 N° 83293/19 v. 31/10/2019

Fecha de publicación 31/10/2019