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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO

Disposición 97/2019

DI-2019-97-APN-SSME#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2019

Visto el expediente S01:0296736/2016 del registro del ex Ministerio de Energía y Minería, y

CONSIDERANDO:

Que la firma La Puna Solar Sociedad de Responsabilidad Limitada (La Puna Solar S.R.L.), continuadora de Fieldfare Argentina II Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicitó el cambio de razón social, la relocalización y el cambio del punto de conexión para su Parque Solar Fotovoltaico La Puna de cien megavatios (100 MW) de potencia nominal, instalado en el departamento de Los Andes, provincia de Salta. El Parque Solar se conectará al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de treinta y tres kilovoltios (33 kV) de la nueva Estación Transformadora La Puna 33/345 kV, vinculada a la Línea de Alta Tensión de trescientos cuarenta y cinco (345 kV) Cobos-Andes, jurisdicción de Interandes Sociedad Anónima.

Que mediante las notas B-121363-1 del 9 de noviembre de 2017 y B-132323-1 del 25 de octubre de 2018, la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) informó que La Puna Solar S.R.L. cumple los requisitos exigidos en los puntos 5.1, 5.2 y 4.4 del anexo 17 de Los Procedimientos, para su ingreso y administración en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

Que la comunicación del cambio de la razón social, la relocalización y el cambio del punto de conexión se publicaron en el Boletín Oficial de la República Argentina 34.012 del 10 de diciembre de 2018, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista dependiente de esta Subsecretaría de Mercado Eléctrico ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la ley 24.065 y el artículo 1° de la resolución 12 del 16 de abril de 2019 de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico dependiente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-12-APN-SRRYME#MHA).

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE MERCADO ELÉCTRICO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º - Sustituir el artículo 1° de la resolución 233 del 27 de abril de 2017 de la ex Secretaría de Energía Eléctrica dependiente del ex Ministerio de Energía y Minería (RESOL-2017-233-APN-SECEE#MEM) por el siguiente: “ARTÍCULO 1°.- Autorizar el ingreso como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a la firma La Puna Solar Sociedad de Responsabilidad Limitada (La Puna Solar S.R.L.) para su Parque Solar Fotovoltaico La Puna de cien megavatios (100 MW), instalado en el departamento de Los Andes, provincia de Salta, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de treinta y tres kilovoltios (33 kV) de la nueva Estación Transformadora La Puna 33/345 kV, vinculada a la Línea de Alta Tensión de trescientos cuarenta y cinco kilovoltios (345 kV) Cobos-Andes, jurisdicción de Interandes Sociedad Anónima”.

ARTÍCULO 2º.- Instruir a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a La Puna Solar S.R.L., titular del Parque Solar Fotovoltaico La Puna, en su vínculo con el SADI. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3º.- Notificar a La Puna Solar S.R.L., a CAMMESA, a Interandes Sociedad Anónima y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Alberto Luchilo

e. 01/11/2019 N° 83978/19 v. 01/11/2019

Fecha de publicación 01/11/2019