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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD Y MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Conjunta 1/2019

RESFC-2019-1-APN-MJ

Ciudad de Buenos Aires, 30/10/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-89713103-APN-DGDYD#MJ del Registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el Decreto N° DECTO-2019-605-APN-PTE del 30 de agosto de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° DECTO-2019-605-APN-PTE, se transfirió desde la órbita del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL a la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, la administración de los aportes, contribuciones, liquidación y pago de los beneficios de retiros, jubilaciones y pensiones del personal de la mencionada fuerza.

Que por el artículo 2° del citado Decreto se estableció una “Etapa de Transición”, por el plazo de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos para la mentada transferencia, a fin de coordinar las medidas pertinentes a través de una Comisión de Revisión y Seguimiento, conformada por el MINISTERIO DE SEGURIDAD y el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL -Entidad 250- Organismo Previsional descentralizado y autárquico creado por Ley Nº 13.593, fue oportunamente transferido a la órbita de supervisión del MINISTERIO DE SEGURIDAD por el artículo 7° del Decreto Nº 1993 del 14 de diciembre de 2010.

Que en el marco de lo expuesto es menester la conformación de una Comisión de Revisión y Seguimiento Ad Hoc que cuente con actores del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS – SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, del MINISTERIO DE SEGURIDAD y del propio Organismo Previsional.

Que la presente medida no conlleva erogación presupuestaria alguna y las actividades aquí reseñadas serán cubiertas por los presupuestos de las respectivas entidades, cuando sea pertinente.

Que los servicios permanentes de asesoramiento jurídico de ambos Ministerios han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades previstas en los artículos 4º, inciso b) apartado 9, 22 y 22 bis de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. 1992) y sus modificatorias, y el Decreto N° DECTO-2019-605- APNPTE.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

Y

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Conformase la Comisión de Revisión y Seguimiento con el objeto de coordinar las medidas necesarias para la implementación de las transferencias enunciadas por el DECTO-2019-605-APN-PTE por un plazo de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos.

ARTÍCULO 2°.- Integrase la Comisión de Revisión y Seguimiento con los funcionarios consignados en el Anexo I (IF-2019-89755470-APN-SSAPYRPJYCA#MJ) por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y en el Anexo II (IF-2019-94362675-APN-UCG#MSG) por el MINISTERIO DE SEGURIDAD, los que forman parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Establézcanse las funciones de la Comisión de Revisión y Seguimiento, las cuales serán las de articular medidas necesarias referidas a:

a. Control y Prevención (aportes, supervivencia, cargos, haberes devengados, Decreto Nº 894/01).

b. Beneficiarios (empadronamiento, expedientes y capacitación).

c. Asuntos Jurídicos (seguridad social y litigiosidad).

d. Informática (ajuste del sistema y migración de bases de datos).

e. Administración (presupuesto).

ARTÍCULO 4°.- Confecciónese, por la mencionada Comisión, informes trimestrales dando cuenta de las acciones llevadas a cabo en el marco de sus funciones para conocimiento y difusión por parte del MINISTERIO DE SEGURIDAD y del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

ARTÍCULO 5°.- Elabórese, una vez cumplidos sus objetivos, un Informe Final del proceso llevado adelante y los logros obtenidos, el cual será aprobado por el MINISTERIO DE SEGURIDAD y el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich - Germán Carlos Garavano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/11/2019 N° 84499/19 v. 05/11/2019

Fecha de publicación 05/11/2019