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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 4750/2019

RESOL-2019-4750-APN-ENACOM#JGM FECHA 30/10/2019 ACTA 54

EX-2019-84602305-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar el Reglamento Particular para la convocatoria a concurso abierto del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL (FOMECA) LINEA E– EQUIPAMIENTOS - destinada a la adquisición de equipamiento técnico y la adecuación edilicia, implementándose a través de 3 SUB-LÍNEAS denominadas SUB-LÍNEA RADIO; SUB-LÍNEA TELEVISIÓN y SUB-LÍNEA PRODUCTORAS, según Anexo 1. 2.- El gasto que demande el cumplimiento del Concurso abierto del FOMECA LINEA E -EQUIPAMIENTOS, no excederá la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($96.800.000). 3.- Convocar a Concurso Abierto, en todo el Territorio Nacional para la presentación de proyectos, de acuerdo al cronograma establecido en el Reglamento Particular, correspondiente al FOMECA LINEA E -EQUIPAMIENTOS destinados a la adquisición de equipamiento técnico y la adecuación edilicia: a: Organizaciones Sociales titulares de servicios de radiodifusión sonora que cuenten con licencia vigente. b: Pueblos Originarios que sean titulares de autorizaciones para prestar servicios. c: Organizaciones Sociales titulares de servicios de radiodifusión que cuenten con licencia del servicio de televisión abierta digital en la norma ISDB-T, bajo la modalidad de licenciatario operador, con responsabilidad por la multiplexación y transmisión de un canal radioeléctrico, tanto para la propia señal como para la incorporación de señales correspondientes a servicios licenciatarios o autorizados. d: Organizaciones Sociales titulares de servicios de radiodifusión que cuenten con licencia del servicio de televisión abierta digital en la norma ISDB-T bajo la modalidad de licenciatario, cuya señal de contenido será multiplexada y transmitida por un licenciatario operador o autorizado operador. e: Organizaciones Sociales titulares de servicios de radiodifusión, que cuenten con autorización precaria vigente. f: Pueblos Originarios titulares de autorizaciones para prestar servicios. g: Pueblos Originarios que se encuentren inscriptos en el REGISTRO PÚBLICO DE SEÑALES Y PRODUCTORAS. h: Organizaciones sociales sin fines de lucro en cuyo objeto social se incluya la difusión, propagación y/o producción de contenidos. Asimismo, dichas organizaciones deberán encontrarse inscriptas en el REGISTRO PÚBLICO DE SEÑALES Y PRODUCTORAS. i: Organizaciones Sociales titulares de servicios de radiodifusión, que resulten empadronados en los términos de la Resolución N° 1.102-AFSCA/15. 4.- Establecer que en forma excepcional en la presente convocatoria, se admitirá la inscripción de entidades que tengan el Certificado de Registro FOMECA en trámite, siempre que lo hubieren solicitado antes del cierre de la convocatoria y que el registro se encuentre otorgado en forma previa a la realización del Informe de Admisibilidad. 5.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución y Anexo/s respectivo/s podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 05/11/2019 N° 84577/19 v. 05/11/2019

Fecha de publicación 05/11/2019