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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 998/2019

RESOL-2019-998-APN-MSG - Ofrézcase recompensa.

Ciudad de Buenos Aires, 05/11/2019

VISTO el Expediente EX-2019-82612392- -APN-SCPC#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538 la Resolución Conjunta M.J. y D.H. N° 445 y M.S. N° 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución M.S. 828 del 01 de octubre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante la Fiscalía de Flagrancia del Departamento de San Isidro, a cargo del Dr. Marcelo Rubén FUENZALIDA, y con intervención del TRIBUNAL ORAL CRIMINAL Nº 6, del mencionado Departamento Judicial a cargo de los Dres. Federico TUYA, Débora RAMÍREZ y Esteban ANDREJIN, tramita la causa Nº 3776, caratulada “Rivas Rubén Alfredo s/ abuso sexual con acceso carnal calificado por haber provocado un grave daño en la salud física o mental de la víctima y por la convivencia”.

Que mediante Oficio del 22 de agosto del corriente año, la mencionada Fiscalía solicitó se ofrezca recompensa para aquellas personas, que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Rubén Alfredo RIVAS, titular del D.N.I N° 17.198.785, argentino, nacido el 6 de enero de 1965 en la Provincia de BUENOS AIRES, de ocupación Licenciado en marketing, hijo de Edmundo y de Carmen Angélica PASCUAL, con último domicilio conocido en calle Italia Nº 1680, Lote 17 “Barrio San Andrés”, Benavidez, Partido de Tigre, Provincia de BUENOS AIRES, sobre quien pesa orden de detención desde el día 8 de mayo de 2018.

Que fue condenado por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por configurar un sometimiento gravemente ultrajante para la víctima, por su duración y circunstancias de realización, por la situación de la convivencia preexistente y por haberle causado un grave daño a la salud mental de la víctima (arts. 45, 55, 119 párrafos 2, 3 y 4 inc. a) y f) del Código Penal de la Nación), imponiéndosele la pena de doce años de prisión, en virtud de la sentencia dictada en fecha 27 de abril de 2018 por el Tribunal Oral Criminal Nº 6 de San Isidro, la cual se encuentra pendiente de ejecución en razón de su condición de prófugo.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J. y D.H N° 445/16 y M.S. Nº 271/16, en la Resolución M.S. 828/2019 del 01 de octubre de 2019, y

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000.-), destinada a aquellas personas que, que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Rubén Alfredo RIVAS, titular del D.N.I N° 17.198.785, argentino, nacido el 6 de enero de 1965 en la Provincia de BUENOS AIRES, de ocupación Licenciado en marketing, hijo de Edmundo y de Carmen Angélica PASCUAL, con último domicilio conocido en calle Italia Nº 1680 lote 17, “Barrio San Andrés”, Benavidez, Partido de Tigre, Provincia de BUENOS AIRES, sobre quien pesa orden de detención desde el día 8 de mayo de 2018.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deben comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, de este Ministerio, al número de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa se realizará en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación en todas sus formas de los afiches correspondientes a la recompensa ofrecida.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich

e. 07/11/2019 N° 85678/19 v. 07/11/2019

Fecha de publicación 07/11/2019