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27 de Marzo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEPARTAMENTO ADUANA DE CAMPANA

Por ignorarse los domicilios se notifica a las personas que más abajo se mencionan, que en las actuaciones tramitadas por ante esta dependencia en las que se encuentran involucradas como imputados, han recaído en el marco del procedimiento para las infracciones aduaneras Resolución definitiva de condena al pago de las multas referidas supra, por la comisión de la infracción mencionada para cada caso, intimándose al pago de la multa impuesta y tributos dentro del plazo de quince (15) días bajo apercibimiento del procedimiento de ejecución establecido por el art. 1122 y sgtes. del citado texto legal, registrándose el antecedente infraccional correspondiente. Asimismo se les hace saber que contra la referida resolución podrán interponer Demanda Contenciosa y/o Recurso de Apelación ante la Justicia Federal y/o Tribunal Fiscal de la Nación respectivamente en el plazo mencionado (art. 1132 y 1133 C.A.). Firmado: Gerardo ESQUIVEL - Jefe Departamento Aduana de Campana -

ActuaciónSumarioImputadoCUIT/DNIResoluciónFechaArt. Infr.Multa en $Tributos
12578-1010-2009008-SC-353-2014/3CEITAP S.A. CORPORATION INC.30-70743537-9535/191/10/19954 ap. 1 inc. a) C.A.71.745,40u$s 14.070,42
$ 18.657,70

Gerardo Marcelo Esquivel, Jefe de Departamento.

e. 07/11/2019 N° 85322/19 v. 07/11/2019

Fecha de publicación 07/11/2019