Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA RÍO GRANDE

EDICTO

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinacion autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.

Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro.,4to. y 5to. de la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinacion aduanera para las mismas presentarse en la Sección Inspección Operativa de la Aduana Río Grande:

EMPRESACONOCIMIENTOMANIF. DE IMPORTACIONMERCADERIA
TOTAL AUSTRAL SA0900046106049MANI003945KTRAJES DE SUPERVIVENCIA
FAMAR FUEGUINA SA4494965314049MANI013273FPARTES ELECTRONICAS

Alberto A. Mancuello, Administrador.

e. 07/11/2019 N° 85605/19 v. 07/11/2019

Fecha de publicación 07/11/2019