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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

Resolución 1193/2019

RESOL-2019-1193-APN-MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-77788139-APN-DNASI#MPYT, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, los Decretos Reglamentarios Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988 y 514 de fecha 7 de marzo de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que con fecha 24 de mayo de 2017 la asociación sindical “ASOCIACIÓN DE VETERINARIOS, BIÓLOGOS Y PROFESIONALES DE PROFESIONES AFINES” con domicilio en Callao N° 384, Piso 4°, Departamento 10, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó su Inscripción Gremial, conforme a la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, y a su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que el Artículo 21 de la mencionada Ley y el Artículo 19 del Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, determinan los requisitos que deben cumplir las asociaciones sindicales a los fines de la Inscripción Gremial.

Que por Sentencia Interlocutoria N° 47.104, de fecha 27 de mayo de 2019, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI, hizo lugar a la acción incoada por la actora y ordena a este Ministerio se inscriba a la entidad en el Registro Especial de Asociaciones Sindicales simplemente inscriptas.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad, cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los Artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional, a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad, conforme el procedimiento establecido en el estatuto que se aprueba.

Que, en este sentido, la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales ha aconsejado cumplimentar la Sentencia Interlocutoria N° 47.104 dictada por la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo otorgando la Inscripción Gremial a la entidad peticionante.

Que los Servicios Jurídicos permanentes han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y el Artículo 21 de la Ley N° 23.551.

Por ello,

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores a la “ASOCIACIÓN DE VETERINARIOS, BIÓLOGOS Y PROFESIONALES DE PROFESIONES AFINES” con domicilio en Avenida Callao N° 384, Piso 4, Departamento 10, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con carácter de Asociación Gremial de primer grado, que agrupará a los trabajadores veterinarios, biólogos y profesionales de funciones afines que presten servicios en relación de dependencia con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, mantendrán la afiliación, los jubilados que al momento de obtener el beneficio previsional se encontraban afiliados a la entidad; con zona de actuación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el texto del estatuto de la “ASOCIACIÓN DE VETERINARIOS, BIÓLOGOS Y PROFESIONALES DE PROFESIONES AFINES” que como Anexo (IF-2019-78355281-APN-DNASI#MPYT) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que dentro del plazo de DIEZ (10) días a partir de la notificación de esta resolución, la Asociación Sindical mencionada en el Artículo 1° deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el Estatuto aprobado en la forma sintetizada conforme lo previsto por la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS a los fines de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Intímase a que, con carácter previo a toda petición, regularice su situación institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva, bajo apercibimiento de lo establecido por el Artículo 56, inciso 4), de la Ley N° 23.551.

ARTÍCULO 5°.- Notifíquese la presente medida a la asociación sindical “ASOCIACIÓN DE VETERINARIOS, BIÓLOGOS Y PROFESIONALES DE PROFESIONES AFINES”.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Dante Sica

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/11/2019 N° 86603/19 v. 11/11/2019

Fecha de publicación 11/11/2019