MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
Resolución 1199/2019
RESOL-2019-1199-APN-MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 11/11/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-90967876-APN-DNASI#MPYT, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, el Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.
Que con fecha 30 de abril de 2015 la asociación sindical “SINDICATO DE TRABAJADORES DEL FRIGORÍFICO GUALEGUAYCHU S.A.”, con domicilio en la calle San Martín N° 645 de la Ciudad de Gualeguaychú, Departamento de Gualeguaychú, Provincia de ENTRE RÍOS, solicitó la modificación del texto del Estatuto Social y la ampliación de su de zona de actuación con carácter de Inscripción Gremial, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, y a su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.
Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, mediante la Resolución N° 36 de fecha 23 de febrero de 1955 del ex MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN.
Que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales de la SECRETARÍA DE TRABAJO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha efectuado el control de legalidad que sobre el estatuto dispone el Artículo 7° del Decreto N° 467/88, considerando que la modificación estatutaria efectuada por la entidad solicitante se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y sus modificatorias y del citado Decreto.
Que, en este sentido, la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales ha aconsejado la aprobación de la modificación del Estatuto Social de la entidad y el otorgamiento de la ampliación de zona de actuación con carácter de Inscripción Gremial en base a la representatividad acreditada.
Que en relación a la ampliación del ámbito de actuación con carácter de inscripción gremial, teniendo en cuenta las constancias de las presentes actuaciones, surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 21, inciso b) de la Ley N° 23.551 y sus modificatorias y el Artículo 19 del Decreto Reglamentario N° 467/88.
Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los Artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.
Que la SECRETARÍA DE TRABAJO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, ha prestado conformidad a la aprobación de la modificación del texto del Estatuto Social y la ampliación solicitada por el “SINDICATO DE TRABAJADORES DEL FRIGORÍFICO GUALEGUAYCHU S.A.”.
Que los Servicios Jurídicos permanentes han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 23.551 y sus modificatorias y el Decreto N° 467/88.
Por ello,
EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la modificación del texto del Estatuto Social de la asociación sindical “SINDICATO DE TRABAJADORES DEL FRIGORÍFICO GUALEGUAYCHU S.A.” con domicilio en la calle San Martín N° 645 de la Ciudad de Gualeguaychú, Departamento de Gualeguaychú, Provincia de ENTRE RÍOS, que en adelante pasará a denominarse “SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS DE LOS DEPARTAMENTOS DE GUALEGUAYCHU E ISLAS DEL IBICUY (S.T.I.C.G.I.I)”, que como Anexo (IF-2019-90985048-APN-DNASI#MPYT) forma parte integrante del acto administrativo, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551 y sus modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.
ARTÍCULO 2º.- Reconócese al “SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS DE LOS DEPARTAMENTOS DE GUALEGUAYCHU E ISLAS DEL IBICUY (S.T.I.C.G.I.I)”, la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial para agrupar a todos los trabajadores en relación de dependencia que se dediquen a la producción y procesamiento de carne de aves, elaboración de fiambres y embutidos y, comercialización de carnes rojas con zona de actuación en el Departamento de Gualeguaychú, Provincia de ENTRE RÍOS.
ARTÍCULO 3º.- Establécese que dentro del plazo de DIEZ (10) días a partir de la notificación de la presente resolución, la asociación sindical mencionada en el Artículo 1° deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el Estatuto aprobado en la forma sintetizada conforme lo previsto por la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS a los fines de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4º.- Notifíquese la presente medida a la asociación sindical “SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS DE LOS DEPARTAMENTOS DE GUALEGUAYCHU E ISLAS DEL IBICUY (S.T.I.C.G.I.I)”.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Dante Sica
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/11/2019 N° 87171/19 v. 13/11/2019
Fecha de publicación 13/11/2019