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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”

Decreto 772/2019

DECTO-2019-772-APN-PTE - Prorrógase intervención.

Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-57352246-APN-DD#MSYDS, los Decretos Nros.1628 de fecha 23 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, 826 de fecha 13 de mayo de 2015, 383 de fecha 19 de febrero de 2016, 161 de fecha 10 de marzo de 2017, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 143 de fecha 21 de febrero de 2018, 1111 de fecha 7 de diciembre de 2018 y 569 de fecha 16 de agosto de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1628/96 se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado en el ámbito de la actual SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que mediante el artículo 1° del Decreto N° 826/15 se dispuso la intervención, a partir de la fecha de su dictado y hasta el 31 de diciembre de 2015, de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), cuya última prórroga operó mediante el Decreto N° 1111/18.

Que por el artículo 2° del Decreto N° 143/18 se designó, a partir del dictado de la medida, Interventora en la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), a la Dra. Claudia PERANDONES (D.N.I. N° 18.534.560), con todas las facultades que las normas vigentes le otorgan al titular del órgano superior de la mencionada entidad, incluida la de intervenir sus organismos dependientes; designación prorrogada por el artículo 2° del Decreto N° 1111/18.

Que por el Decreto N° 569/19 se estableció que la titularidad de la citada Administración Nacional será ejercida por un funcionario con rango y jerarquía de Subsecretario, designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto precedentemente mencionado, resulta necesario prever la prórroga de la Intervención aludida hasta la fecha de dictado del mismo.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 355/17 y su modificatorio, se estableció que las designaciones correspondientes a cargos de Subsecretario, o de rango o jerarquía equivalente o superior, y de titulares o integrantes de órganos superiores de entes descentralizados, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que la designación en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que los Servicios de Asesoramiento Jurídicos Permanentes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 1º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, dispuesta por el artículo 1° del Decreto N° 826/15, cuya última prórroga operó mediante el Decreto N° 1111/18, a partir del 24 de mayo de 2019 y hasta el 15 de agosto de 2019.

ARTÍCULO 2°.- Prorrógase, a partir de la fecha y por el plazo indicado en el artículo precedente, la designación de la Dra. Claudia PERANDONES (D.N.I. N° 18.534.560), como Interventora en la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, con todas las facultades que las normas vigentes le otorgan al titular del órgano superior de la mencionada entidad, incluida la de intervenir sus organismos dependientes.

ARTÍCULO 3°.- La Interventora designada por el artículo precedente percibirá una retribución equivalente a la establecida para el cargo de Subsecretario.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes, asignadas a la Entidad 906 -ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), en el presupuesto vigente.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Carolina Stanley

e. 14/11/2019 N° 87969/19 v. 14/11/2019

Fecha de publicación 14/11/2019