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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 499/2019

RESOL-2019-499-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, el Decreto N° 1172/03, la Resolución del Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 67/04, el Expediente EX-78306157-APN--SNR#ARN, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 16, Inciso a) de la Ley N° 24.804, establece entre las funciones, facultades y obligaciones de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN),la de dictar las normas regulatorias referidas a seguridad radiológica y nuclear, protección física y fiscalización del uso de materiales nucleares.

Que el Directorio de la ARN, en su reunión del 27 de agosto de 2019 (Acta N° 29), aprobó la Iniciativa Regulatoria N° 19/17 R1 para la revisión N°4 de la Norma Regulatoria AR 7.11.1 “Permisos individuales para operadores de equipos de gammagrafía industrial”.

Que la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA preparó el proyecto de revisión N°4 de la Norma Regulatoria AR 7.11.1 “Permisos individuales para operadores de equipos de gammagrafía industrial”.

Que a través del dictado de la Resolución del Directorio de la ARN N° 67/04, se instrumentó el procedimiento para la Elaboración Participativa de Normas, de conformidad con lo establecido en el Anexo V y VI del Decreto 1172/03, además de designar a la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA como responsable de la implementación y puesta en marcha del citado procedimiento, por lo cual la citada SUBGERENCIA recomendó al Directorio de la ARN el inicio del proceso de Elaboración Participativa de Normas, de conformidad con lo establecido en el mencionado Acto Administrativo y normativa citada, respectivamente.

Que es necesario habilitar un Registro para la incorporación de opiniones y propuestas, que funcionará en el Registro Central de la ARN, sita en Avenida del Libertador N° 8250 – Oficina 317, 1429 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las que se deberán presentar por escrito –pudiendo acompañar la documentación que estime pertinente– utilizando el formulario indicado en el Artículo 2° de la Resolución ARN N° 67/04, de conformidad con lo establecido en el Anexo VI del Decreto N° 1172/03, dentro del plazo de VEINTE (20) días desde la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Que las GERENCIAS SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y ASUNTOS JURÍDICOS, la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA y la SECRETARIA GENERAL, han tomado la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 16, Inciso a) y 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804, y el Artículo 10 del Anexo V del Decreto N° 1172/03.

Por ello, en su reunión de fecha 25 de septiembre de 2019 (Acta N° 33),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Declarar la apertura del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas, en relación con el Proyecto de Revisión N°4 de la Norma Regulatoria AR 7.11.1 “Permisos Individuales para Operadores de Equipos de Gammagrafía Industrial” la que, como Anexo, forma parte integral de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Invitar a participar a toda persona humana o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva relacionado con la Norma Regulatoria proyectada en el marco del procedimiento mencionado en el Artículo 1° de la presente Resolución durante VEINTE (20) días a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Habilitar un Registro para la incorporación de opiniones y propuestas, que funcionará en el Registro Central de la ARN, de acuerdo a lo detallado en el considerando donde los interesados podrán tomar vista del expediente.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a las SUBGERENCIAS NORMATIVA REGULATORIA y COMUNICACIÓN y a REGISTRO CENTRAL. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA durante DOS (2) días. Incorpórese en el sitio web de la ARN durante la vigencia del plazo indicado en el Artículo 2° de la presente Resolución y archívese. Nestor Alejandro Masriera

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/11/2019 N° 87681/19 v. 15/11/2019

Fecha de publicación 14/11/2019