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27 de Marzo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA TUCUMÁN

Por tratarse de mercaderias cuyos propietarios se desconocen y encontrarse las mismas en las condicones previstas en el artículo 417 de la Ley 22.415 vinculadas a Denuncias que tramitan por ante la Jurisdicción de la División Aduana de Tucumán. En los términos de las Leyes 25.603 y 25.986, se procede a anunciar la existencia y situación jurídica de las mismas durante un (1) día, cuya descripción se encuentra individualizada en anexo IF-2019-00460613-AFIP-ADTUCU#SDGOAI, que acompaña al presente y que se encuentran a disposición de los interesados en la División Aduana de Tucumán. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2º, 3º, 4º y 5º de la Ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna, destinación aduanera de las mismas, presentarse en la sede de ésta Aduana sita en calle San Martín Nros. 608 / 610 3er. Y 4to. Piso, de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en la Provincia de Tucumán. Quedan ustedes notificados.

Firmado: Cdor. Darío Javier Tanus - Administrador Interino - División Aduana de Tucumán.

Dario Javier Tanus, Administrador de Aduana.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/11/2019 N° 87459/19 v. 14/11/2019

Fecha de publicación 14/11/2019