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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 926/2019

DA-2019-926-APN-JGM - Apruébase Contratación Directa N° 340/1-0042-CDI19.

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-81839114-APN-DGAD#MD, el Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001 y el Decreto N° 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el VISTO, se encuentra tramitando la Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0042-CDI19 para la adquisición de gas oíl a granel para los buques que participarán de la Campaña Antártica de Verano 2019/2020 con la empresa YPF S.A. en atención al requerimiento efectuado con fecha 16 de abril de 2019 por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Que YPF S.A. es una empresa que integra el Sector Público Nacional en los términos del inciso b) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorios.

Que, por lo expuesto, el referido procedimiento se encuadró en la modalidad de la Contratación Directa Interadministrativa prevista en el inciso d) apartado 8 del artículo 25, del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y complementarios y los artículos 14 y 22 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030 del 15 de septiembre de 2016,sus modificatorios y complementarios.

Que de acuerdo al Acta de Apertura de fecha 16 de septiembre de 2019 se recibió UNA (1) oferta correspondiente a la empresa YPF (S.A.) por un monto total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL ($ 275.948.000.-).

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y por el artículo 9° incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Contratación Directa Interadministrativa N° 340/1-0042-CDI19, para la adquisición de gas oíl a granel para los buques que participarán de la Campaña Antártica de Verano 2019/2020 con la empresa YPF S.A. en atención al requerimiento efectuado con fecha 16 de abril de 2019 por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la Nota de Intención para la ADQUISICIÓN DE GAS OIL NAVAL - CAV 2019/2020 según ANEXO II de la Disposición ONC N° 23/2013, suscripta con la firma YPF S.A. que, como ANEXO I (IF-2019-89482770-APN-SSPOYSLD#MD), forma parte integrante de la presente medida, por un monto de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 275.948.000,00).

ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA a emitir las respectivas Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase la ampliación, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades respecto del contrato administrativo que por el presente acto se aprueba, quedando a cargo de las instancias del MINISTERIO DE DEFENSA que correspondan dictar los actos complementarios que permitan su instrumentación.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas presupuestarias de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 45.24 ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

ARTÍCULO 6º.- La COMISIÓN DE RECEPCIÓN para el presente Acto Contractual estará integrada por los miembros titulares y suplentes mencionados en los considerandos precedentes, dando cumplimiento al artículo 84 del ANEXO al Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios. Los miembros suplentes actuarán únicamente ante la ausencia del titular designado.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Oscar Raúl Aguad

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/11/2019 N° 88237/19 v. 15/11/2019

Fecha de publicación 15/11/2019