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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 518/2019

RESOL-2019-518-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98; la Norma AR 10.16.1: “Transporte de materiales radiactivos”, Revisión 3; el procedimiento de esta ARN P-TMR-04: “Emisión del certificado de aprobación para el transporte de material radiactivo”; el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección aprobado mediante Resolución de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 76/08, lo Actuado en el Expediente Electrónico N° 70314809/19 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la Norma AR 10.16.1: “Transporte de materiales radiactivos”, Revisión 3, establece criterios de seguridad radiológica para el transporte de materiales radiactivos.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) ha solicitado a esta ARN la renovacióndel Certificado de Aprobación RA/0063/X, correspondiente a transportes en virtud de arreglos especiales para el bulto para contenido de hasta 150 TBq de cobalto 60 encapsulado, alojado en cabezales de equipos de cobaltoterapia, modelo denominado OVER.

Que el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS ha tomado en el trámite la intervención que le compete en razón de lo establecido en el procedimiento P-TMR-04 de esta ARN, manifestando que la institución solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Norma AR 10.16.1 citada en el VISTO.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha prestado su conformidad a la aprobación de la renovación del Certificado de Aprobación RA/0063/X, correspondiente a transportes en virtud de arreglos especiales para el bulto para contenido de hasta 150 TBq de cobalto 60 encapsulado, alojado en cabezales de equipos de cobaltoterapia, modelo denominado OVER, solicitada por CNEA.

Que de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 24.804, su Decreto Reglamentario y el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección aprobado mediante Resolución del Directorio de la ARN N° 76/08, las personas físicas o jurídicas que soliciten la revisión del certificado de aprobación del transporte en virtud de arreglos especiales deberán abonar por adelantado la correspondiente tasa regulatoria por licenciamiento e inspección.

Que en relación al cumplimiento del pago de la tasa regulatoria correspondiente, según lo establecido en la Resolución de la ARN N° 76/08, la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta Institución informó que la CNEA registra deuda en concepto de pago de tasa regulatoria

Que mediante nota, de fecha 27 de septiembre de 2019, la CNEA informó que debido a falta de fondos en la partida presupuestaria correspondiente, se demorará el pago de la tasa regulatoria.

Que asimismo, según lo expresado por CNEA en dicha nota, la prosecución del trámite relacionado con la renovación del Certificado de Aprobación RA/0063/X del modelo denominado OVER, es necesaria para continuar con las tareas que se realizan normalmente en el Área de Gestión de Residuos Radiactivos del Centro Atómico Ezeiza.

Que el otorgamiento de un certificado de aprobación en virtud del arreglo especial para el transporte de material radiactivo a un usuario que no ha dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva a una excepción a lo dispuesto en la citada normativa que la ARN debe analizar.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22 de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 12 de noviembre de 2019 (Acta N° 40),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar, en carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, la renovación del Certificado de Aprobación RA/0063/X, Revisión 22, correspondiente a transportes en virtud de arreglos especiales para el bulto para contenido de hasta 150 TBq de cobalto 60 encapsulado y alojado en cabezales de equipos de cobaltoterapia, Modelo denominado OVER, solicitado por la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, autorizando que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posteridad a la emisión del referido certificado.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese. Nestor Alejandro Masriera

e. 15/11/2019 N° 88236/19 v. 15/11/2019

Fecha de publicación 15/11/2019