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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO

Disposición 114/2019

DI-2019-114-APN-SSME#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2019

Visto el expediente S01:0158699/2015 del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa Energía Argentina S.A. (ENARSA) solicitó, mediante la nota GO 464/2015 del 4 de septiembre de 2015, su habilitación como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), para su Central Térmica Bandera de treinta y dos coma cinco megavatios (32,5 MW) de potencia nominal, ubicada en la localidad de Bandera, provincia de Santiago del Estero, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de trece coma dos kilovoltios (13,2 kV) de la Estación Transformadora Bandera, jurisdicción de la Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal del Noroeste Argentino (Transnoa S.A.).

Que con posterioridad, en el trámite de ingreso al MEM de la Central Térmica Bandera, se realizó el cambio de la titularidad de la citada central térmica a favor de la empresa Sullair Argentina S.A.

Que mediante la nota B-133608-1 del 6 de marzo de 2019 (fojas 279), Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista Sociedad Anónima (CAMMESA) informó que la empresa Sullair Argentina S.A. cumple para su Central Térmica Bandera los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante la resolución 725 (fojas 326), el Ministerio de Agua y Medio Ambiente de la provincia de Santiago del Estero resolvió aprobar el Estudio de Impacto Ambiental de la Central Térmica Bandera.

Que la empresa Sullair Argentina S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM de la Central Térmica Bandera se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina 34.128 del 4 de junio de 2019, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista dependiente de esta Subsecretaría de Mercado Eléctrico ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la ley 24.065 y el artículo 1° de la resolución 12 del 16 de abril de 2019 de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico dependiente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-12-APN-SRRYME#MHA).

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE MERCADO ELÉCTRICO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar el ingreso como agente generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a la empresa Sullair Argentina S.A., para su Central Térmica Bandera de treinta y dos coma cinco megavatios (32,5 MW) de potencia nominal, ubicada en la localidad de Bandera, provincia de Santiago del Estero, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de trece coma dos kilovoltios (13,2 kV) de la Estación Transformadora Bandera, jurisdicción de la Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal del Noroeste Argentino (Transnoa S.A.).

ARTÍCULO 2°.- Instruir a Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa Sullair Argentina S.A., titular de la Central Térmica Bandera en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notificar a la empresa Sullair Argentina S.A., a Integración Energética Argentina S.A. (IEASA), a CAMMESA, a Transnoa S.A. y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Alberto Luchilo

e. 15/11/2019 N° 87961/19 v. 15/11/2019

Fecha de publicación 15/11/2019