Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

Resolución 1222/2019

RESOL-2019-1222-APN-MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-73058736-APN-DNASI#MPYT, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, los Decretos Reglamentarios Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988 y 514 de fecha 7 de marzo de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que con fecha 15 de octubre de 2015 la asociación sindical “UNIÓN DE DOCENTES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (UDOCBA)”, con domicilio legal en la calle 14 N° 1.181, entre calles 56 y 57 de la Ciudad de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES, solicitó la aprobación de la modificación del texto de su Estatuto Social, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, y a su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, mediante Resolución N° 768 de fecha 1 de noviembre de 2004 del ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales de la SECRETARÍA DE TRABAJO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha efectuado el control de legalidad que sobre el estatuto dispone el artículo 7° del Decreto Reglamentario N° 467/88, considerando que la modificación estatutaria efectuada por la entidad solicitante se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y sus modificatorias y del citado Decreto.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley N° 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales de la SECRETARÍA DE TRABAJO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se ha expedido favorablemente, aconsejando la aprobación de la modificación del texto del estatuto social presentado por entidad peticionante.

Que la SECRETARÍA DE TRABAJO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, ha prestado conformidad a la aprobación de la modificación del texto del estatuto social presentado por la “UNIÓN DE DOCENTES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (UDOCBA)”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 23.551 y sus modificatorios, y el Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la modificación del texto del Estatuto Social de la asociación sindical “UNIÓN DE DOCENTES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (UDOCBA)”, con domicilio en la calle 14 N° 1.181, entre calles 56 y 57 de la Ciudad de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES, que como Anexo (IF-2019-72531834-APN-DNASI#MPYT) forma parte integrante del acto administrativo, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551 y sus modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

ARTÍCULO 2°.- La presente aprobación tiene alcance meramente estatutario y no podrá ser invocada por la asociación sindical peticionante como una ampliación de su representatividad vigente.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que dentro del plazo de DIEZ (10) días a partir de la notificación de la presente Resolución, la asociación sindical mencionada en el artículo 1° deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto aprobado en la forma sintetizada conforme lo previsto por la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del ex MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS a los fines de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Notifiquese la presente medida a la asociación sindical “UNIÓN DE DOCENTES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (UDOCBA)”.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Dante Sica

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/11/2019 N° 87943/19 v. 15/11/2019

Fecha de publicación 15/11/2019