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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA

Resolución 733/2019

RESOL-2019-733-APN-SGE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2019

VISTO el expediente EX-2019-97517977-APN-DGDOMEN#MHA, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo dispuesto por punto 4 del apartado VIII bis del anexo II al decreto 174 del 2 de marzo de 2018, la Secretaría de Gobierno de Energía ejerce las funciones de autoridad de aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades en materia energética.

Que con el objeto de lograr mayor celeridad en el ejercicio de las competencias atribuidas por la normativa a esta Secretaría de Gobierno de Energía, mediante la resolución 65 del 28 de febrero de 2019 se delegaron en la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico determinadas funciones.

Que en cumplimiento de los principios de celeridad, economía, sencillez y eficacia en los procedimientos administrativos, y del principio de mejora continua previsto en el decreto 891 del 1° de noviembre de 2017 sobre Buenas Prácticas en Materia de Simplificación, resulta oportuno y conveniente que la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico pueda encomendar a las subsecretarías, direcciones, entes descentralizados y fondos fiduciarios que se desempeñen en su órbita, según las materias de su competencia, las funciones contempladas en el artículo 1° de la citada resolución SGE 65/2019.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en uso de las facultades previstas en el apartado VIII bis del anexo II al decreto 174/2018 y el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 (T.O. 2017).

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Modificar el artículo 2° de la resolución 65 del 28 de febrero de 2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2°.- La Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico podrá encomendar a las subsecretarías, direcciones, entes descentralizados y fondos fiduciarios que se desempeñen en su órbita, según las respectivas materias de su competencia, el dictado de los actos que estime necesarios para el cumplimiento de las funciones enumeradas en el artículo 1° de esta resolución.”

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gustavo Sebastián Lopetegui

e. 19/11/2019 N° 88260/19 v. 19/11/2019

Fecha de publicación 19/11/2019