MINISTERIO DE HACIENDA SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO
Disposición 116/2019
DI-2019-116-APN-SSME#MHA
Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2019
Visto el expediente EX-2019-62536138-APN-DGDOMEN#MHA, y
CONSIDERANDO:
Que las firmas indicadas en el anexo (IF-2019-66348102-APN-DNRMEM#MHA) que integra esta disposición han presentado la solicitud correspondiente para el ingreso, a partir del 1º de agosto de 2019, de sus respectivos puntos de suministro como agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) en la condición de Grandes Usuarios Menores (GUMEs), conforme lo establecen las resoluciones 61 del 29 de abril de 1992 de la Secretaría de Energía Eléctrica y 137 del 30 de noviembre de 1992 de la ex Secretaría de Energía ambas dependientes del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y sus modificaciones.
Que a los efectos enunciados en el párrafo anterior, las firmas citadas han suscripto el correspondiente formulario de adhesión resultante de la aplicación de la resolución 95 del 22 de marzo de 2013 de la ex Secretaría de Energía dependiente del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
Que para la vinculación de las instalaciones eléctricas de cada punto de suministro de las firmas solicitantes con el Sistema Argentino de Interconexión (SADI), se deberá contar con la prestación de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica (FTT) por parte de cada uno de los correspondientes prestadores indicados en el mencionado anexo.
Que la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) ha informado, mediante la nota B-140441-1 del 5 de julio de 2019 (IF-2019-62585572-APN-DGDOMEN#MHA), que las firmas solicitantes cumplen con los requisitos impuestos por el anexo 17 de Los Procedimientos.
Que las firmas indicadas en el citado anexo han cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que las correspondientes solicitudes de ingreso al MEM han sido publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina 34.155 del 17 de julio de 2019 no habiéndose presentado objeciones u oposiciones derivadas de dicha publicación.
Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista dependiente de esta Subsecretaría de Mercado Eléctrico ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 35 y 36 de la ley 24.065 y el artículo 1° de la resolución 12 del 16 de abril de 2019 de la Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico dependiente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-12-APN-SRRYME#MHA).
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE MERCADO ELÉCTRICO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar el ingreso de las firmas que figuran en el anexo (IF-2019-66348102-APN-DNRMEM#MHA) que integra esta disposición, como agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) en la condición de Grandes Usuarios Menores (GUMEs), a partir del 1º de agosto de 2019, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que las empresas distribuidoras o los Prestadores Adicionales de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) que se encuentran indicados en el mencionado anexo deberán prestar a los respectivos puntos de suministro de las firmas cuyo ingreso se autoriza por este acto, la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica (FTT).
ARTÍCULO 3º.- Instruir al Organismo Encargado del Despacho (OED) a informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en el presente acto.
ARTÍCULO 4º.- Notificar a los nuevos agentes, a las respectivas empresas prestadoras de la FTT, a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) y al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de Hacienda.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Alberto Luchilo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/11/2019 N° 88149/19 v. 19/11/2019
Fecha de publicación 19/11/2019