MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución 3851/2019
RESOL-2019-3851-APN-MECCYT
Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-80487275-APN-DNGYFU#MECCYT, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO la UNIVERSIDAD DE MORÓN solicita la aprobación del nuevo texto de su Estatuto.
Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 34 de la Ley N° 24.521 de Educación Superior y 18 de su Decreto reglamentario N° 576 de fecha 30 de mayo de 1996, las Instituciones Universitarias privadas con autorización definitiva deben comunicar a este MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA la aprobación de los estatutos y sus reformas a efectos de que se verifique la adecuación de los mismos a la legislación vigente y de ordenar, en el caso de que ello corresponda, la pertinente publicación de su texto en el Boletín Oficial.
Que se han acompañado los actos internos aprobatorios del nuevo texto estatutario de la UNIVERSIDAD DE MORÓN elevado a la consideración de esta autoridad de aplicación.
Que analizado que fuera el nuevo estatuto de la UNIVERSIDAD DE MORÓN, el mismo no amerita la formulación de observaciones u objeciones.
Que sin perjuicio de ello, y dada la composición que tendrá el Consejo Directivo de la UNIVERSIDAD DE MORÓN se considera conveniente dejar expresamente aclarado que las personas que integren dicho órgano colegiado de gobierno deberñan poseer los antecedentes propios de toda autoridad universitaria de esa jeraquía, así como también requerir a la mencionada Casa de Altos Estudios que oportunamente presente ante este MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, para conocimiento y control, las reglamentaciones específicas que se dicten en relación a la integración y funcionamiento del mencionado Consejo Directivo.
Que ha tomado la intervención que le corresponde la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y FISCALIZACIÓN UNIVERSITARIA, dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha emitido el dictamen de su competencia.
Que consecuentemente, y en uso de la facultad conferida por el artículo 34 de la Ley N° 24.521 corresponde aprobar la reforma del Estatuto mencionado y disponer su publicación en el Boletín Oficial.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Aprobar el Estatuto de la UNIVERSIDAD DE MORÓN presentado a la consideración de este MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
ARTÍCULO 2º.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del texto del Estatuto Académico de la UNIVERSIDAD DE MORÓN que obra como Anexo de la presente (IF-2019-97837505-APN-DNGYFU#MECCYT).
ARTICULO 3°.- Dejar aclarado que las personas que resulten designadas para integrar el Consejo Directivo de la UNIVERSIDAD DE MORÓN deberñan poseer los antecedentes propios de toda autoridad universitaria de esa jerarquía.
ARTÍCULO 4º.- Requerir a la UNIVERSIDAD DE MORÓN que oportunamente presente ante este MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, para su conocimiento y control, las reglamentaciones específicas que se dicten en relación a la integración y funcionamiento del Consejo Directivo de dicha Casa de Altos Estudios.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. Alejandro Finocchiaro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/11/2019 N° 89943/19 v. 25/11/2019
Fecha de publicación 25/11/2019