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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Resolución 3883/2019

RESOL-2019-3883-APN-MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2019

VISTO la Ley de Educación Nacional N° 26.206, la Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058, la Decisión Administrativa N° 315 del 13 de marzo de 2018, las Resoluciones Ministeriales Nº 1459 del 9 de diciembre de 2005, Nº 35 del 23 de enero de 2013, Nº 982 del 15 de mayo de 2013, Nº 75 del 10 de febrero de 2014, Nº 158 del 26 de febrero de 2014, N° 2388 del 9 de septiembre de 2015, N° 2530 del 30 de septiembre de 2015, Nº 603 del 9 de junio de 2016, N° 1892 del 28 de octubre de 2016, N° 2470 del 23 de mayo de 2017 y N° 942 del 5 de abril de 2018, la Resolución de la entonces Secretaría de Educación N° 139 del 20 de febrero de 2015, la Resolución de la Secretaría de Innovación y Calidad Educativa Nº 170 del 5 de junio de 2018, la Resolución del entonces Consejo Federal de Cultura y Educación N° 261/06, la Resolución del Consejo Federal de Educación Nº 346 del 19 de diciembre de 2018 y el Expediente N° EX-2019-93246265- -APN-DVNTYE#MECCYT y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115° de la Ley de Educación Nacional N° 26.206 (LEN) establece que compete la cartera educativa nacional el otorgamiento de la validez nacional a los títulos y certificados de estudio.

Que el artículo 116º de la LEN establece que el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN es el ámbito de concertación, acuerdo y coordinación de la política educativa nacional y asegura la unidad y articulación del Sistema Educativo Nacional.

Que el artículo 38° de la Ley N° 26.058 establece las condiciones para la homologación de los títulos técnicos y certificados de formación profesional a partir de los criterios acordados federalmente.

Que la Decisión Administrativa N° 315/18 establece como responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TÍTULOS Y ESTUDIOS entender en las tramitaciones para el otorgamiento de validez nacional de los títulos y certificados de las propuestas educativas existentes en el país.

Que la Resolución Ministerial N° 1459/05 aprueba el Reglamento Operativo para la tramitación de la validez nacional de los certificados de títulos y estudios de las ofertas educativas de opción pedagógica a distancia o equivalentes.

Que la Resolución Ministerial N° 982/13 crea el Registro Nacional de Títulos y Certificados con Validez Nacional (ReNaV) de Nivel Inicial, Primario, Secundario y Superior.

Que las Resoluciones Ministeriales N° 75/14 y N° 2388/15 aprueban los reglamentos operativos para la reválida de los títulos y certificados expedidos en el exterior de estudios superiores de Formación Docente y Técnica.

Que la Resolución Ministerial N° 2530/15 aprueba las normas generales de funcionamiento de las Escuelas Argentinas en el exterior y el Reglamento Operativo para el otorgamiento de la validez nacional de sus certificados de estudios.

Que oportunamente la cartera educativa nacional dictó las Resoluciones Ministeriales N° 35/13, N° 158/14, N° 603/16, N° 1892/16 y N° 2470/17 aprobando los procedimientos y componentes básicos para la tramitación de la validez nacional de títulos y certificados de estudios correspondientes a estudios presenciales de los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional.

Que la Resolución Ministerial N° 942/18 crea la Comisión Técnica Permanente, la que interviene en el proceso para otorgar la validez nacional de los títulos y/o certificados de estudios de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, previstos en la Ley de Educación Nacional N° 26.206.

Que la Resolución SE N° 139/15 aprueba el “Reglamento para el Registro de la Documentación Educativa” para las instituciones educativas pertenecientes a la jurisdicción nacional.

Que conforme a lo previsto en la Resolución Ministerial 942/18 la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA dictó la Resolución Nº 170/18, aprobando los lineamientos generales de la Comisión Técnica Permanente y su reglamentando el funcionamiento.

Que la Resolución CFCyE N° 261/06 aprueba el documento “Proceso de Homologación y marcos de Referencia de Títulos y Certificaciones de Educación Técnico Profesional”.

Que la Resolución CFE Nº 346/18 aprueba el Acuerdo Marco de Educación a Distancia para los niveles primario, secundario y superior en las diferentes modalidades reguladas y reconocidas por la Ley de Educación Nacional N° 26.206.

Que mediante sucesivas Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN se han aprobado Núcleos de Aprendizajes Prioritarios, Marcos de Referencia y Lineamientos Curriculares, que regulan las ofertas educativas de la Educación Inicial, Primaria, Secundaria y Superior y modalidades del Sistema Educativo Nacional para las opciones pedagógicas presencial y a distancia.

Que a partir de la experiencia recogida en los últimos años en los diferentes ámbitos de la cartera educativa nacional que han intervenido en las tramitaciones de la validez nacional de los títulos y certificados de estudios y reconocimiento de estudios extranjeros se entiende oportuno actualizar criterios, requisitos documentales a presentar por las jurisdicciones y procesos relativos a la materia, a fin de lograr el cumplimiento eficaz y eficiente de la normativa nacional y federal vigente, armonizando en un solo cuerpo normativo los procedimientos correspondientes.

Que el otorgamiento de la validez nacional de los títulos y/o certificados debe contribuir a los fines y objetivos de la política educativa nacional, asegurar parámetros de calidad y equidad a todos los estudiantes de nuestro país, y profundizar la permanente cohesión del Sistema Educación Nacional, garantizando los derechos educativos de los niños, niñas, jóvenes y adultos.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias y el artículo 115, inciso g) de la Ley de Educación Nacional N° 26.206.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Documento “Procedimiento y componentes para la Validez Nacional” de los títulos y certificados de estudios presenciales y a distancia de la Educación Obligatoria y de la Educación Superior y modalidades previstas en la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, a excepción de los emitidos por las Universidades e Institutos Universitarios, que como Anexo (IF-2019-93238060-APN-DATA#MECCYT) forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Solicitar a cada jurisdicción la designación de un referente político técnico que entienda en los temas relativos a la validez nacional de los títulos y/o certificados de estudios y al Sistema Federal de Títulos para su interacción con la DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TÍTULOS Y ESTUDIOS dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA. Dicho Referente Jurisdiccional podrá ser convocado por la Red Federal de Mejora de los Aprendizajes de la mencionada Secretaría, en caso de corresponder.

ARTÍCULO 3º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales N° 1459/05, N° 35/13, N° 158/14, N° 603/16, N° 1892/16 y N° 2470/17 y toda otra norma que se oponga con el documento aprobado por la presente medida.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alejandro Finocchiaro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/11/2019 N° 89923/19 v. 25/11/2019

Fecha de publicación 25/11/2019