Edición del
18 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL Y SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

Resolución Conjunta 7/2019

RESFC-2019-7-APN-SECEP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2019

VISTO el Expediente Electrónico EX-2017-03531994-APN-GA#SMN y sus vinculados, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Conjunta N° 246 de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y N° 263 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS de fecha 7 de octubre de 2015, se incorporó al Nomenclador de Funciones Específicas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, las Funciones Específicas correspondientes al SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL.

Que tales Funciones Específicas corresponden a las Ocupaciones Técnicas Meteorológicas para los cargos de “RESPONSABLE DE ESTACIÓN METEOROLÓGICA”, “RESPONSABLE DE ESTACIÓN METEOROLÓGICA AERONÁUTICA DE AEROPUERTO INTERNACIONAL O NACIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA)” y el de “OBSERVADOR AERONÁUTICO DE ESTACIÓN METEOROLÓGICA AERONÁUTICA DE AEROPUERTO INTERNACIONAL O NACIONAL DEL SNA”.

Que los suplementos contemplados para cada uno de los cargos mencionados en el considerando anterior son del QUINCE POR CIENTO (15%), VEINTICINCO POR CIENTO (25%) y QUINCE POR CIENTO (15%) de la Asignación Básica del Nivel Escalafonario de revista del trabajador, respectivamente.

Que mediante la Resolución Conjunta N° 1 del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL y N° 275 de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del 4 de noviembre de 2015, se aprobó la incorporación del personal permanente del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que el mencionado proceso de incorporación se llevó a cabo de conformidad a las pautas establecidas en el “PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN DE PERSONAL PERMANENTE COMPRENDIDO EN OTROS ESCALAFONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO POR APLICACIÓN DE SU ARTÍCULO 25 (DECRETO 2098/08)”, aprobado por el Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38 del 16 de marzo de 2010, modificada por su similar N° 129 del 28 de octubre de 2011.

Que como consecuencia del procedimiento mencionado en el Considerando anterior, el agente de este SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL Sr. Víctor Alfredo OVIEDO (DNI N.° 20.080.204) fue encasillado en el Nivel C, Grado 8, Agrupamiento General, Tramo Intermedio del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, con Suplemento por Función Específica del QUINCE POR CIENTO (15%) por desarrollar tareas como OBSERVADOR AERONÁUTICO DE ESTACIÓN METEOROLÓGICA AERONÁUTICA DE AEROPUERTO INTERNACIONAL O NACIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA), tal como consta en el N° de orden 57 del Anexo III de la Resolución Conjunta N° 1/15 del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL y N° 275/15 de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en el expediente citado en el VISTO tramita el Recurso de Reconsideración interpuesto por el mencionado agente de este Organismo Sr. Víctor Alfredo OVIEDO en el que solicita actualización en su Grado escalafonario y percibir el suplemento por Función Específica del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) por desarrollar tareas en el cargo de “RESPONSABLE DE ESTACIÓN METEOROLÓGICA AERONÁUTICA DE AEROPUERTO INTERNACIONAL O NACIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA)”.

Que la mediante la Resolución Conjunta E 1/2017 de la Secretaría de Empleo Público y E 1/2017 del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL de fecha 12 de diciembre de 2017, se procedió a actualizar el Grado escalafonario del agente impugnante del 8 al 9, tal como consta en el N° de orden 74 del Anexo I identificado como IF-2017-13763886-APN-GA#SMN, del acto administrativo mencionado en este Considerando.

Que respecto al segundo agravio expresado, de acuerdo a lo informado por las áreas competentes del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL, el agente Víctor Alfredo OVIEDO, desde el 30 de octubre de 2014, se desempeña en el cargo de “RESPONSABLE DE ESTACIÓN METEOROLÓGICA AERONÁUTICA DE AEROPUERTO INTERNACIONAL O NACIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA)”.

Que el desempeño del mencionado cargo se originó durante la vigencia del procedimiento de incorporación en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, tal como lo reflejan las constancias agregadas en estos actuados.

Que la 2° oración del 3° párrafo del artículo 1 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38/10 y modificatoria, que reguló el procedimiento de incorporación en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO del personal permanente del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL, dispone que “Las tareas a informar serán las permanentes que correspondan a la función o puesto de trabajo asignado al último día del mes inmediato anterior al dictado del acto que dispusiera la incorporación al Sistema Nacional de Empleo Público”.

Que de acuerdo a la norma mencionada en el considerando anterior, y teniendo en cuenta que la fecha del dictado de la Resolución Conjunta N° 1/15 del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL y N° 275/15 de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS es del 4 de noviembre de 2015, este acto administrativo debió considerar los cargos laborales que desempeñan los agentes involucrados en la medida al 31 de octubre de 2015.

Que en consecuencia, y por aplicación de la 2° oración del 3° párrafo del artículo 1 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38/10 y modificatoria, corresponde hacer lugar al Recurso de Reconsideración interpuesto por el agente Víctor Alfredo OVIEDO y proceder a rectificar la Resolución Conjunta N° 1/15 del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL y N° 275/15 de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en su parte pertinente.

Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias correspondientes al SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL.

Que a tenor de lo dispuesto por el Decreto N° 13 del 5 de enero de 2016, la actual SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS es la continuadora jurídica de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MIISTROS.

Que la DIRECCIÓN DE SERVICIOS JURÍDICOS del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL, ha tomado debida intervención.

Que hizo lo propio la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 84 de la Reglamentación del Procedimiento Administrativo aprobada por el Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017).

Por ello,

LA DIRECTORA DEL SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL

Y

EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICO DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Hágase lugar al Recurso de Reconsideración contra de la Resolución Conjunta del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL N° 1/15 y de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 275/15 interpuesto por el agente del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL Sr. Víctor Alfredo OVIEDO (DNI N° 20.080.204), de acuerdo a lo expresado en los considerandos correspondientes de este acto.

ARTÍCULO 2°.- Suprímase al agente del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL Sr. Víctor Alfredo OVIEDO (DNI N° 20.080.204) del Anexo III, N° de orden 57 de la Resolución Conjunta del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL N° 1/15 y de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 275/15, e inclúyaselo en el Anexo II del mismo acto administrativo, de acuerdo al detalle que surge de la Planilla Anexo (IF-2019-102434749-APN-GA#SMN) que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será atendido con las partidas presupuestarias correspondientes al SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Celeste Saulo - Pablo Martin Legorburu

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/11/2019 N° 90189/19 v. 25/11/2019

Fecha de publicación 25/11/2019