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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


IMPRENTA DEL CONGRESO DE LA NACIÓN

Disposición 55/2019

Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2019

VISTO, la delegación de facultades acordada por el Sr. Presidente de la H. Cámara de Diputados de la Nación, mediante R.P. N° 1489/19, el “Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios” de la Imprenta del Congreso de la Nación, aprobados como Anexo al artículo 1° de la R.P. N° 0752/12, y la modificación de la estructura de la Imprenta del Congreso de la Nación, mediante R.P. N° 1633/18, y;

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto Delegado N° 1023/01 se estableció el régimen general para todas las contrataciones que realicen las jurisdicciones de la administración nacional comprendidas en el artículo 8, inciso a) de la Ley N° 24.156, disponiendo en su artículo 39, que el Poder Legislativo y el Poder Judicial dictarán la reglamentación correspondiente para su aplicación dentro de sus respectivas reparticiones.

Que, a través de la R.P. N° 0752/12, se aprobó el “Reglamento de Procedimientos para la Compra de Bienes, Obras y Servicios” para la Imprenta del Congreso de la Nación, actualizando y reemplazando la reglamentación del Decreto Delegado N° 1023/01, que fuera aprobada mediante D.P. N° 1042/02; proporcionando con ello, un régimen el cual, para aquel entonces, resultada adecuado y ajustado a las necesidades del organismo.

Que, como consecuencia de la modificación efectuada en la estructura orgánica de la Imprenta del Congreso de la Nación, mediante R.P. N° 1633/18, el “Reglamento de Procedimientos para la Compra de Bienes, Obras y Servicios” aprobado como Anexo al artículo 1° de la R.P. N° 0752/12, ha quedado manifiestamente desactualizado, no respondiendo por ello a las necesidades del organismo.

Que, entre los cambios más notorios o que puedan afectar el procedimiento de compras y contrataciones, nos encontramos con la supresión de la Subdirección de Recursos Físicos, por cuanto la intervención que dicha dependencia ostentaba a lo largo de los procedimientos de selección, debe recaer en otra de las dependencias creadas conforme el nuevo organigrama. Asimismo, se suprimió el Departamento de Suministros, por cuanto sus funciones deben ser ejercidas por la dependencia encargada de las compras y contrataciones de conformidad al manual de misiones, funciones y responsabilidades aprobados para el organigrama creado mediante R.P. N° 1633/18.

Que, visto el proyecto de “Reglamento para la Contrataciones de Bienes, Obras y Servicios” propuesto para la Imprenta del Congreso de la Nación, y en virtud de las modificaciones operadas sobre su funcionamiento y procedimientos, deviene necesario que se modifiquen las normas que contempla y regulan las Comisiones de Preadjudicación y de Recepción Definitiva con el fin de otorgarles operatividad y funcionalidad dentro del nuevo régimen.

Que, la Dirección de Asesoría Jurídica de la ICN tomo debida intervención.

Que, conforme lo normado por el artículo 39 del Decreto Delegado N° 1023/01, lo establecido en el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 005/18, y la delegación de facultades efectuada por el Sr. Presidente de la H. Cámara de Diputados de la Nación, mediante R.P. N°1489/19, el Sr. Administrador de la Imprenta del Congreso de la Nación posee facultades suficientes para el dictado del presente acto.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR DE LA IMPRENTA DEL CONGRESO DE LA NACIÓN EN USO DE FACULTADES DELEGADAS MEDIANTE R.P. N° 1489/19

DISPONE:

ARTICULO 1: Apruébese el “Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios” de la Imprenta del Congreso de la Nación que, como Anexo I a la presente, forma parte integral con la misma. Las funciones asignadas a cada dependencia, se entenderán como complementarias e integrarán un todo con las demás funciones y obligaciones que cada una de ellas posea, las que serán sucedidas en las dependencias que en el futuro la/las reemplacen.

ARTICULO 2: Apruébese el “Reglamento para la Comisión de Preadjudicaciones” y el “Reglamento para la Comisión de Recepción Definitiva”, que como Anexo II y III, respectivamente, forman un todo integral con la presente.

ARTICULO 3: Apruébese los modelos generales para ser utilizados en los procedimientos de compras y contrataciones de: Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas, Pliego de Cláusulas Particulares, Pliego para la Declaración Jurada, Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios, que como Anexo IV, forman parte integral del presente artículo.

ARTICULO 4: Notifíquese con copia de la presente a la Dirección de Administración, a la Dirección de Coordinación Operativa, a la Dirección Gráfica, a la Dirección de Asesoría Jurídica y a la Dirección de Auditoria Interna.

ARTICULO 5: Publíquese el reglamento aprobado mediante el artículo 1° de la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina, y cuya entrada en vigencia operará a los cinco (5) días hábiles de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la R.P. N° 1489/19.

ARTICULO 6: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. Marcio Barbosa Moreira

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/11/2019 N° 90604/19 v. 26/11/2019

Fecha de publicación 26/11/2019