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Primera sección


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 961/2019

DA-2019-961-APN-JGM - Modificación presupuestaria.

Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-99363688-APN-DGD#MHA, la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 y la Decisión Administrativa Nº 12 del 10 de enero de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario incrementar los créditos vigentes de la AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN, de la DIRECCIÓN DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACIÓN y de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, organismos actuantes en el ámbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL, a fin de afrontar sus necesidades operativas.

Que corresponde reforzar el Presupuesto vigente del HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN, actuante en el ámbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 de la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 como así también, atender erogaciones vinculadas a gastos operativos.

Que es menester reforzar los créditos vigentes de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, organismo actuante en el ámbito del PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN.

Que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO dependiente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, readecua su presupuesto a fin de continuar con el normal funcionamiento de sus Unidades Turísticas de Embalse y Chapadmalal y de su Sede Central.

Que, a su vez, esa Secretaría de Gobierno incorpora créditos cedidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para la atención de compromisos asumidos.

Que se propicia reforzar los créditos de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a fin de atender los mayores gastos en personal originados en la aplicación de las pautas salariales vigentes, becas y la asistencia a través de subsidios individuales para tratamiento en Comunidades Terapéuticas y Subsidios a Casas de Atención y Acompañamiento Comunitario en contextos de alta vulnerabilidad social.

Que el refuerzo mencionado en el considerando anterior se atiende parcialmente con una reducción de los gastos de capital de la citada Secretaría.

Que, asimismo, es menester llevar a cabo un incremento del presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en base a la necesidad de cumplir con los compromisos asumidos con el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, respecto de las obras y Proyectos que se encuentran en ejecución.

Que resulta necesario incrementar los créditos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, financiados mediante la incorporación de recursos provenientes del TESORO NACIONAL y la percepción de mayores recursos propios, con el objeto de atender erogaciones derivadas de la aplicación del Decreto N° 589 del 23 de agosto de 2019 como así también, gastos operativos y de funcionamiento.

Que la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, lleva a cabo una readecuación de sus créditos a los fines de atender los gastos vinculados al “38° Ejercicio de Aplicación del Plan de Emergencia del Complejo Nuclear Atucha (CNA)”, la conformación del centro operativo de emergencia municipal, tareas de evacuación y gastos de personal.

Que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, incorpora mayores recursos destinados al Fondo Permanente de Capacitación y Recalificación Laboral (FOPECAP).

Que, asimismo, la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN, le cede créditos presupuestarios al ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para atender gastos de personal.

Que el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES propicia incrementar su presupuesto vigente mediante la incorporación de mayores recursos para atender diversos gastos operativos y de funcionamiento.

Que, asimismo, ese organismo propone realizar una readecuación presupuestaria a los fines de ajustar sus créditos a los gastos planificados para lo que resta del ejercicio vigente.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para atender el pago de los haberes de su personal.

Que es menester modificar el presupuesto vigente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA con la finalidad de atender gastos en personal; dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Nº 27.467; realizar transferencias a provincias financiadas por el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional; incrementar el Fondo Fiduciario Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar, con el objeto de financiar los programas vigentes de vivienda social e infraestructura básica; atender los gastos que demandan diversos proyectos, en distintas provincias de nuestro país, de infraestructura vial, de infraestructura penitenciaria, de mejoramiento barrial y de agua potable y saneamiento.

Que a fin de atender la totalidad de los gastos en personal hasta finalizar el ejercicio, es menester reforzar los presupuestos vigentes del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES y del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS, organismos descentralizados actuantes en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que, asimismo, se adecuan los créditos vigentes del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS con la finalidad de afrontar gastos relacionados con la emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte y gastos de funcionamiento.

Que con el objeto de atender proyectos de inversión del “Programa de Agua Potable y Saneamiento en Centros Urbanos y Suburbanos” y Servicios de la Deuda, se incrementa el presupuesto del ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO propicia incorporar mayores recursos para atender los gastos proyectados al cierre del ejercicio.

Que, asimismo, se deben reforzar los créditos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO para afrontar el aumento de las remuneraciones del personal del escalafón del Servicio Exterior de la Nación en virtud de la aplicación de la Resolución N° 85 del 24 de septiembre de 2019 de la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN.

Que es preciso adecuar los créditos del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a fin de afrontar gastos en materia de personal.

Que es necesario incrementar el presupuesto vigente del ENTE DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el objeto de atender el pago del peculio que abona a los internos que trabajan en los talleres de laborterapia.

Que el incremento citado en el considerando anterior, es financiado a través de la reducción de créditos del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que a fin de atender embargos judiciales, es necesario modificar el presupuesto del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que es menester reforzar los créditos vigentes del MINISTERIO DE SEGURIDAD y de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, de la GENDARMERÍA NACIONAL, de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, todos ellos actuantes en el ámbito del citado Ministerio, con la finalidad de atender el pago de haberes hasta la finalización del presente ejercicio.

Que es preciso incrementar el presupuesto de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA incorporando los mayores ingresos originados en la venta del servicio de policía adicional, con el objeto de financiar la totalidad de los gastos de personal y de funcionamiento originados en la prestación del citado servicio.

Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD cede créditos a la GENDARMERÍA NACIONAL a fin de atender los mayores gastos derivados del cumplimiento de las misiones y operativos de seguridad encomendados a la mencionada Fuerza.

Que es necesario reforzar el Presupuesto vigente de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA con el objeto de atender gastos relacionados con la actualización del equipamiento para la Estación Costera Ushuaia y afrontar gastos emergentes de la prestación del servicio de policía adicional, financiados mediante la incorporación de recursos remanentes originados en la prestación del mencionado servicio.

Que, asimismo, con la finalidad de afrontar los gastos de traslado de los efectivos que cubrieron los debates presidenciales llevados a cabo en la UNIVERSIDAD DEL LITORAL en la Ciudad de Santa Fe y en la Facultad de Derecho de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, se refuerzan los créditos vigentes de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, de la GENDARMERÍA NACIONAL, de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA procede a la incorporación de mayores recursos originados en los ingresos que percibe por la venta de diversos servicios y alquileres, los cuales serán destinados a la atención de gastos operativos y de funcionamiento.

Que se incorporan los créditos necesarios con su correspondiente financiamiento para la ejecución del Contrato Comercial “ARA-NAVAL GROUP 01/2018” y del Convenio de Financiamiento correspondiente a la adquisición de Patrulleros Oceánicos Multipropósito.

Que resulta necesario efectuar una readecuación del presupuesto de los diferentes Servicios que componen el MINISTERIO DE DEFENSA que implica compensaciones de créditos entre distintas Finalidades y Funciones.

Que el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS incorpora mayores recursos y saldo de recursos remanentes del período fiscal 2018, que precisan ser distribuidos para financiar diversos gastos de ese organismo, como así también, del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO y del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA.

Que, asimismo, se deben reforzar los créditos de las Fuerzas Armadas en virtud de las operaciones de lucha contra el fuego llevadas a cabo en el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.

Que es menester adecuar los presupuestos vigentes del MINISTERIO DE HACIENDA, del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, organismo actuante en la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en virtud de las transferencias de agentes dispuestas por las Decisiones Administrativas Nros. 318 del 24 de abril de 2019, 784 del 12 de septiembre de 2019, 835 del 9 de octubre de 2019 y 860 del 21 de octubre de 2019.

Que en el MINISTERIO DE HACIENDA se compensan créditos y fuentes financieras con el objeto de avanzar en las acciones inherentes al programa de “Apoyo a la Infraestructura Regional (FONPLATA)” y se prevén créditos para atender gastos de la COMISIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS.

Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA, con el objeto de hacer frente a las erogaciones vinculadas a la construcción del reactor de baja potencia CAREM - Fase II y para la atención de salarios.

Que el mayor gasto citado en el considerando precedente se compensa con una reducción en el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que, adicionalmente, en la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA se compensan créditos para atender las obligaciones emergentes de la Emisión de Bonos de Refinanciación de Deuda, en el marco de la Resolución N° 97 del 28 de marzo de 2018 del entonces MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y sus modificaciones.

Que, asimismo, se adecuan las previsiones presupuestarias destinadas a atender las transferencias a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).

Que resulta oportuno modificar el presupuesto vigente del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA, a los efectos de atender necesidades derivadas de su funcionamiento.

Que es menester adecuar el presupuesto de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES y de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismos descentralizados actuantes en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA, a los efectos de atender gastos de personal y de funcionamiento, financiados con un incremento en el cálculo de los recursos que perciben y una disminución de las aplicaciones financieras.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, para atender las erogaciones vinculadas a gastos de personal y de funcionamiento, como así también, transferencias destinadas a los Programas Nacionales de Empleo.

Que es menester adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, a fin de garantizar la liquidación de los haberes del personal, a la vez que se detraen créditos de su presupuesto con destino a la atención de otras necesidades de los servicios y organismos actuantes en la órbita de su Jurisdicción.

Que, asimismo, se prevén asignaciones en el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO con destino al Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP), con el objeto de facilitar el acceso al financiamiento para proyectos que promuevan la inversión en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, con el objeto de afrontar gastos de personal y otros inherentes a su Sistema de Centros de Investigación.

Que, asimismo, se modifica el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, para atender el pago de los haberes del personal.

Que el aumento mencionado se financia con un incremento en el cálculo de recursos previstos para el presente ejercicio.

Que, asimismo, se modifica el presupuesto de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, a efectos de atender gastos de personal.

Que es menester ajustar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a fin de permitir la actualización tecnológica de la plataforma del banco de imágenes institucional.

Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a los efectos de atender gastos de personal y servicios de la deuda.

Que el aumento mencionado se financia con un incremento en el cálculo de recursos vigente y una disminución de las aplicaciones financieras.

Que es menester readecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE TRANSPORTE a los fines de permitir el financiamiento de mayores gastos vinculados a las obras de mejora integral del Ferrocarril General Roca.

Que resulta necesario modificar el presupuesto de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a los efectos de garantizar una infraestructura vial que genere un tránsito más seguro y reduzca la siniestralidad en todo el país.

Que ese mayor gasto se financia con la transferencia de recursos procedentes de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que, asimismo, es menester adecuar el presupuesto vigente de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL con el objeto de garantizar las tareas de fiscalización y control del tránsito, incrementando sus gastos corrientes en detrimento de sus gastos de capital.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA con el objeto de hacer frente a la política salarial de las Universidades Nacionales y al mayor gasto de las Becas correspondientes al Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROGRESAR).

Que, asimismo, se aumenta el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, a fin de financiar acciones del “Programa para Promover la Innovación Productiva”- Préstamo BIRF N° 8634-AR y cumplir con los compromisos asumidos con el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO respecto del “Programa de Innovación Tecnológica V”, como así también, atender gastos de personal y de funcionamiento.

Que es menester incrementar el presupuesto vigente de la FUNDACIÓN MIGUEL LILLO y del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, organismos descentralizados en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 de la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que es preciso reforzar los créditos vigentes del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, a fin de atender gastos de personal y otros relacionados con las acciones a su cargo.

Que ese refuerzo se financia con una disminución de las aplicaciones financieras y con un incremento de los recursos propios, provenientes de ingresos tributarios por aplicación de gravámenes a los servicios de comunicación audiovisual previstos en la Ley Nº 26.522 y sus modificaciones.

Que es menester modificar el presupuesto de la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES y del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS, organismos descentralizados en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, para afrontar gastos de personal.

Que, en otro orden, es oportuno incrementar los créditos corrientes del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, mediante la incorporación de mayores recursos, con el objeto de atender necesidades de ejecución.

Que resulta menester incrementar las asignaciones corrientes del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL con el propósito de atender gastos en materia de personal y acciones en el marco de distintos programas.

Que corresponde reforzar el Presupuesto vigente de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 de la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 con relación al Plan Nacional de Primera Infancia.

Que es necesario modificar el presupuesto de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, incrementando las asignaciones corrientes con el objeto de atender la adquisición de vacunas y otras acciones en el marco de distintos programas.

Que, asimismo se incrementan los presupuestos del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES LIC. LAURA BONAPARTE, del HOSPITAL NACIONAL DR. BALDOMERO SOMMER, del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE, de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”, de la COLONIA NACIONAL DR. MANUEL A. MONTES DE OCA y de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, todos ellos actuantes en la órbita del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, para atender gastos en materia de personal, funcionamiento y transferencias.

Que el refuerzo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD se financia con un incremento del cálculo de recursos vigente.

Que resulta oportuno modificar el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de atender gastos de personal, de funcionamiento y transferencias.

Que corresponde modificar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO destinados a AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AYSA S.A.), a la FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES BRIGADIER SAN MARTÍN SOCIEDAD ANÓNIMA (FADEA), a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE), a la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (AGPSE) y a EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que ha tomado intervención el Servicio de Asesoramiento Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la presente medida se dicta en virtud de las disposiciones establecidas en el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias y en los artículos 8°, 9° y 16 de la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 y sus modificaciones.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, conforme con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2019-103673307-APN-SSP#MHA) al presente artículo que integran esta medida.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Jorge Roberto Hernán Lacunza

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/11/2019 N° 92073/19 v. 28/11/2019

Fecha de publicación 28/11/2019