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14 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DIVISIÓN SECRETARIA Nº 2

EDICTO

Código Aduanero – Ley 22.415: artículos 1013 inc. h) y 1112.

Por ignorarse domicilio, se cita a SERVICIO INTEGRADOS ARGENTINOS (CUIT N° 30-707316620), para que en el marco de las Actuaciones N° 18045-5431-2018, y dentro de los diez (10) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción al artículo 992 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.).

Se les hace saber que el pago de la multa mínima, cuya suma asciende a PESOS QUINIENTOS ($500,00.-) producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.).

Marcos Marcelo Mazza, Secretario, División Secretaría N° 2.

e. 28/11/2019 N° 91249/19 v. 28/11/2019

Fecha de publicación 28/11/2019