Edición del
18 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Resolución 4060/2019

RESOL-2019-4060-APN-MECCYT

Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2019

VISTO la Ley de Educación Nacional N° 26.206, la Resolución del ex CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN N° 2589 de fecha 28 de septiembre de 1976, la Resolución Ministerial N° 465 de fecha 29 de octubre de 2009, el Expediente N° EX-2019-101318343-APN-SECGE#MECCYT, y

CONSIDERANDO:

Que conforme las prescripciones de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social garantizados por el Estado.

Que la mencionada Ley, en su artículo 84, establece que el Estado debe garantizar las condiciones materiales y culturales para que todos/as los/as alumnos/as logren aprendizajes comunes de buena calidad, independientemente de su origen social, radicación geográfica, género o identidad cultural.

Que se ha incluido por primera vez a la Educación a Distancia en el régimen de la citada Ley, en su TÍTULO VIII, como parte integrante del sistema educativo nacional, resaltando así su potencialidad y definiéndola, en su Art. 105, como la opción pedagógica y didáctica donde la relación docente - alumno se encuentra separada en el tiempo y/o en el espacio, durante todo o gran parte del proceso educativo, en el marco de una estrategia pedagógica integral que utiliza soportes materiales y recursos tecnológicos diseñados especialmente para que los/as alumnos/as alcancen los objetivos de la propuesta educativa.

Que a su vez, en su artículo 107, dispone que la Educación a Distancia debe ajustarse a las prescripciones de la normativa nacional, federal y jurisdiccional vigente en la materia, y a los procedimientos de control que emanen de los distintos niveles del Estado.

Que en este contexto, la articulación con el conjunto del sistema educativo, resulta una decisión que reconoce las posibilidades de contribución de la educación a distancia para asumir las nuevas necesidades que la sociedad requiere de la educación y que coadyuvan al logro de los objetivos de la política educativa.

Que el artículo 144 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, establece que los/as niños/as y jóvenes radicados/as temporalmente en el exterior podrán cumplir con la educación obligatoria a través de Servicios de Educación a Distancia.

Que mediante Resolución de ex CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN N° 2589/76, se creó el SISTEMA DE ESCOLARIZACIÓN A DISTANCIA destinado a los niños de edad escolar primaria que, por causas justificadas, no pueden acceder a los sistemas de escolarización vigentes en el país y se aprobó su reglamento.

Que mediante la Resolución Ministerial N° 465 de fecha 29 de octubre de 2009, se modificó la citada resolución, sustituyéndose su denominación por la de “SERVICIO DE EDUCACIÓN A DISTANCIA” (SEAD)”, aprobándose un nuevo reglamento para su implementación.

Que resulta necesario garantizar un acceso, permanencia y egreso de calidad a la educación de los/as niños/as y jóvenes que se ven obligados a desplazarse fuera país por diversas razones, y respetar los derechos inalienables de los/as niños/as y jóvenes en lo que hace a la formación de su identidad nacional y de los valores culturales de su país de origen.

Que el diseño curricular implementado resulta compatible con el adoptado por las distintas jurisdicciones, y respeta los Contenidos Básicos Comunes y los Núcleos de Aprendizaje Prioritarios, aprobados en sesiones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN en etapas sucesivas entre los años 2004 y 2012, con el fin de garantizar la reinserción de los educandos en el Sistema Educativo Argentino desde el nivel alcanzado.

Que existen múltiples avances tecnológicos y procedimientos metodológicos innovadores que están produciendo cambios radicales en el entorno de la educación.

Que el aprendizaje digital y las actuales tendencias en la creación de recursos educativos abiertos ofrecen nuevas oportunidades de mejorar la calidad, la universalización y la equidad de la formación, toda vez que las Tecnologías de la Información y la Comunicación abren posibilidades sin precedentes para desarrollar los procedimientos educativos más allá de los formatos y fronteras tradicionales.

Que, se observa necesario implementar un proceso de actualización del sistema del SEAD y la aprobación de un nuevo reglamento acorde a las necesidades actuales.

Que los equipos técnicos de la SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA han tomado debida intervención sobre la medida que se propicia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias y los artículos 16, 115 inciso b) y 144 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto la Resolución del ex CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN N° 2589 de fecha 28 de septiembre de 1976, y su modificatoria, la Resolución Ministerial N° 465 de fecha 29 de octubre de 2009.

ARTÍCULO 2°.- Crear en el ámbito de la SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA, el SERVICIO DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (SEAD) cuyo objetivo y lineamientos para su funcionamiento se desarrollará conforme lo detallado en el Anexo I (IF-2019-101290932-APN-SECGE#MECCYT) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Otorgar validez nacional a los títulos y certificados correspondientes a los estudios de Educación Primaria y de Educación Secundaria emitidos por el SERVICIO DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (SEAD).

ARTÍCULO 4°.- Encomendar a la SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA a arbitrar los medios necesarios para la creación de una plataforma virtual que sirva de soporte para la ejecución del SERVICIO DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (SEAD).

ARTÍCULO. 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alejandro Finocchiaro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/11/2019 N° 91948/19 v. 29/11/2019

Fecha de publicación 29/11/2019