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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 763/2019

RESFC-2019-763-APN-DIRECTORIO#ENARGAS

Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-86280283-APN-GDYE#ENARGAS, la Ley Nº 24.076, su Decreto Reglamentario N° 1738/92, las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución, la RESFC-2019-703-APN-DIRECTORIO#ENARGAS y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° RESFC-2019-703-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 1° de noviembre de 2019, se aprobaron cuadros tarifarios para METROGAS S.A.

Que a través de dicha Resolución se modificaron las Diferencias Diarias Acumuladas y los márgenes de distribución vigentes de la Licenciataria, conforme lo propuesto en el informe N° IF-2019-97991832-APN-GDYE#ENARGAS.

Que los mencionados márgenes respondieron al ajuste previsto en la Resolución N°RESFC-2019-694-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, que resolvió una controversia entre METROGAS S.A. y NATURGY BAN S.A.

Que, con posterioridad a la publicación de la Resolución N° RESFC-2019-703-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, se detectó un error material en el cálculo de ajuste realizado, que consiste en haber considerado un volumen a retribuir por parte de METROGAS S.A. a NATURGY BAN S.A. menor al que correspondía.

Que, por esa razón, corresponde rectificar los cuadros tarifarios aprobados por el Artículo 1° de la Resolución N° RESFC-2019-703-APN-DIRECTORIO#ENARGAS.

Que, al respecto, cabe recordar que el Artículo 101 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017” dispone: “Rectificación de errores materiales. En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancia del acto o decisión. En los expedientes electrónicos se realizará mediante la subsanación de errores materiales en el sistema de Gestión Documental Electrónica, previa vinculación del acto administrativo que la autorice”.

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos 38 y 52 inciso f) de la Ley N° 24.076 y en el Capítulo IX de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución, aprobadas por Decreto N° 2255/92, y el artículo 101 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017”.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Aprobar nuevos cuadros tarifarios para METROGAS S.A., que como Anexo IF-2019-105628128-APN-GDYE#ENARGAS forman parte de la presente, con vigencia a partir de su publicación.

ARTÍCULO 2°: Registrar; notificar a METROGAS S.A. en los términos del Artículo 41 de Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017); publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar. Daniel Alberto Perrone - Guillermo Sebastián Sabbioni Perez - Griselda Lambertini - Mauricio Ezequiel Roitman

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/11/2019 N° 92493/19 v. 29/11/2019

Fecha de publicación 29/11/2019