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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Resolución Sintetizada 146/2019

EX-2019-19532645- -APN-DGTYA#SENASA

RESOL-2019-146-APN-MAGYP DE FECHA 27/11/2019

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA - RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase desde el 3 de marzo de 2019 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la presente medida, la asignación transitoria de funciones dispuesta por la Resolución Nº 294 del 3 de septiembre de 2018 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, al Licenciado en Administración D. Juan Manuel CIANCAGLINI, M.I. Nº 31.759.099, como Coordinador Regional Administrativo de la Dirección de Centro Regional NEA de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del referido Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex – SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FIRMA: Luis Miguel ETCHEVEHERE - Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Cecilia Magdalena Martinez, Titular, Dirección de Gestión Documental.

e. 29/11/2019 N° 92085/19 v. 29/11/2019

Fecha de publicación 29/11/2019