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19 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legal en Av. Belgrano 1656, C.A.B.A. notifica que por RESFC-2019-2568-APN-DI#INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades: COOPERATIVA DE TRABAJO INFORMÁTICA TARTAGAL LIMITADA Matricula Nº 13.824; COOPERATIVA DE TRABAJO EL AZUD LIMITADA Matricula Nº 13.860; COOPERATIVA DE TRABAJO DE EMPLEADOS Y OBREROS DE CASINO SALTA LIMITADA Matricula Nº 13.888; COOPERATIVA DE TRABAJO AGRÍCOLA GRANJERA LA MORADA LIMITADA Matricula Nº 13.933; COOPERATIVA DE TRABAJO AGRÍCOLA, APÍCOLA Y ARTESANAL Y CONSUMO LAGI WICHI LIMITADA Matricula Nº 13.961; COOPERATIVA DE CONSUMO 17 DE SETIEMBRE LIMITADA Matricula Nº 14.146; COOPERATIVA ALBORADA DE VIVIENDA LIMITADA Matricula Nº 14.166; COOPERATIVA DE TRABAJO SERVITAR LIMITADA Matricula Nº 14.198; COOPERATIVA DE TRABAJO S.T.C. MOSCONI LIMITADA Matricula Nº 14.309; COOPERATIVA AGROPECUARIA FABRICIANO ARAMAYO LIMITADA Matricula Nº 14.531; COOPERATIVA INTEGRAL DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, COLONIZACIÓN, TRANSPORTE, CONSUMO Y TURISMO “TREN CABRA CORRAL” LIMITADA Matricula Nº 14.554; COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO DESARROLLO EXPERIMENTAL DE LA COMUNIDAD LIMITADA Matricula Nº 14.634; COOPERATIVA DE CONSUMO, CRÉDITO Y VIVIENDA DOCTOR JOAQUÍN CASTELLANOS LIMITADA Matricula Nº 14.705, todas ellas con domicilio legal en la Provincia de Salta. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) -10 días- y Art. 22, incs. b) c) y d) -30 días- Ley Nº 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -10 días-). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, -5 días-). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. Nº 1.759/72 – T.O. 894/17, 15 días-), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley Nº 20.337, modificada por Ley Nº 22.816. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 T.O. Dto. Nº 894/17).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho.

e. 29/11/2019 N° 92070/19 v. 03/12/2019

Fecha de publicación 29/11/2019