Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Resolución 507/2019

RESFC-2019-507-APN-AABE#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2019

VISTO el EX-2019-90204076-APN-DACYGD#AABE, la Resolución Nº 482 (RESFC-2019-482-APN-AABE#JGM) de fecha 13 de noviembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por la MUNICIPALIDAD DE VICENTE LÓPEZ, Provincia de BUENOS AIRES, tendiente a obtener un permiso de uso precario y gratuito de un sector del inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la calle Juan Diaz de Solís S/D, de la Localidad de OLIVOS, Partido de VICENTE LÓPEZ, Provincia de BUENOS AIRES.

Que la referida solicitud tiene por objeto ejecutar un tramo de la Pasarela que integra y otorga continuidad al Paseo Costero de Vicente López, extendiéndose desde el punto de finalización actual del vial costero en la rotonda de la Calle Hipólito Irigoyen, hasta la intersección con la calle Italia, donde se ejecutará una vereda de hormigón que conectará dicha Pasarela con la calle Juan Díaz de Solís.

Que por Resolución Nº 482 (RESFC-2019-482-APN-AABE#JGM) de fecha 13 de noviembre de 2019, se desafectó de la jurisdicción del MINISTERIO DE TRANSPORTE- ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS (AGP), el sector del inmueble solicitado y se otorgó a la MUNICIPALIDAD DE VICENTE LÓPEZ, el uso precario y gratuito del mismo a los fines requeridos.

Que por Nota de fecha 14 de noviembre del corriente (IF-2019-102169157-APN-DACYGD#AABE), la MUNICIPALIDAD DE VICENTE LÓPEZ manifestó que, al ser notificada la Resolución antes mencionada, advirtieron que por un error material se consignó como Nomenclatura Catastral del inmueble, la Circunscripción 3, cuando el mismo se emplaza en la Circunscripción 2.

Que ha tomado intervención la Dirección Nacional de Servicios Registrales y de Información (DNSRYI) de esta Agencia, elaborando un nuevo informe técnico respecto al sector del inmueble solicitado, el cual consta en las actuaciones como IF-2019-103127415-APN-DNSRYI#AABE, en el cual se ha rectificado el mencionado error material en la Nomenclatura Catastral.

Que teniendo en cuenta lo antes expuesto, en el Considerando Nº 1, en el Artículo 1º de la parte resolutiva de la Resolución Nº 482 (RESFC-2019-482-APN-AABE#JGM AABE) y en la CLÁUSULA PRIMERA del PERMISO DE USO obrante como ANEXO II de la mencionada Resolución identificado como IF-2019-100886735-APN-DAC#AABE, se ha deslizado un error material al consignar en el sector del inmueble solicitado, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 03, debiendo corresponder la Circunscripción 2.

Que, en consecuencia, corresponde sustituir el PERMISO DE USO obrante como ANEXO II de la mencionada Resolución, identificado como IF-2019-100886735-APN-DAC#AABE, por el PERMISO DE USO identificado como IF-2019-104979501- -APN-DAC#AABE.

Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13, 2.670/15 y del artículo 101 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos”, Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 2017).

Por ello,

EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Rectifícase el error material consignado en el Considerando Nº 1, en el Artículo 1º de la parte resolutiva de la Resolución Nº 482 (RESFC-2019-482-APN-AABE#JGM) de fecha 13 de noviembre de 2019 y en la CLÁUSULA PRIMERA del PERMISO DE USO que como ANEXO II forma parte de dicha Resolución, aclarando que donde se expresa “Circunscripción 3”, debe leerse “Circunscripción 2”.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese el PERMISO DE USO, obrante como ANEXO II de dicha Resolución, identificado como IF-2019-100886735-APN-DAC#AABE, por el PERMISO DE USO identificado como IF-2019-104979501-APN-DAC#AABE

ARTÍCULO 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a la MUNICIPALIDAD DE VICENTE LÓPEZ, al MINISTERIO DE TRANSPORTE y a la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS (AGP).

ARTÍCULO 5º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ramon Maria Lanus - Pedro Villanueva

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/12/2019 N° 92548/19 v. 02/12/2019

Fecha de publicación 02/12/2019