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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 1348/2019

RESOL-2019-1348-APN-MJ

Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-75615614- -APN-DGDYD#MJ, el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, la Resolución ex S.G.P. N° 40 del 18 de marzo de 2010 y el Manual de Tramitación de Asignación de Suplementos (Versión Junio de 2019) de la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que el postulante Juan Ernesto GULLO (D.N.I. N° 22.709.791), Nivel Escalafonario E, Grado 10, Tramo Avanzado del Agrupamiento General del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) -de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLURALISMO E INTERCULTURALIDAD de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE DERECHOS HUMANOS de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL de este Ministerio-, solicita el cambio de Agrupamiento Escalafonario en los términos del artículo 3° del “RÉGIMEN PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL CAMBIO DE AGRUPAMIENTO ESCALAFONARIO DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (artículo 32)” aprobado por el Anexo I a la Resolución ex S.G.P. N° 40/10 y de acuerdo al Manual de Tramitación de Asignación de Suplementos (Versión Junio de 2019) de la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el Organismo de revista del interesado se expidió en los términos del artículo 6° del citado Régimen, acreditando la existencia de necesidad del servicio -de acuerdo con la Responsabilidad Primaria y Acciones- de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLURALISMO E INTERCULTURALIDAD de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE DERECHOS HUMANOS de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL de este Ministerio que justifica contar con el aporte profesional del solicitante y la del titular de la citada Subsecretaría, -en su carácter de autoridad superior-, en los términos del último párrafo del artículo 1º del mismo Régimen.

Que tratándose el presente caso de un cambio de agrupamiento asociado a un ascenso de nivel resulta necesario reconvertir el cargo involucrado de acuerdo a lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso a) del artículo 32 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que asimismo corresponde asignar al postulante, un cargo Nivel D, Grado 4, Tramo Intermedio del Agrupamiento Profesional, por la aplicación conjunta de los incisos b) y c) del artículo 31 del citado Convenio.

Que se cuenta con previsión presupuestaria suficiente para hacer frente al gasto que demandaría el citado cambio de agrupamiento.

Que se ha dado cumplimiento con la remisión a la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, a la DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y EVALUACIÓN DE GASTOS EN PERSONAL de la citada Oficina Nacional, todas ellas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respecto del costo que demandaría la implementación de esta medida, todo ello de conformidad con lo establecido por el artículo 9° segundo párrafo del citado Régimen.

Que habiéndose constatado la inexistencia de otros postulantes al cambio de agrupamiento en la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLURALISMO E INTERCULTURALIDAD de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE DERECHOS HUMANOS de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL de este Ministerio resulta de aplicación el primer párrafo del artículo 9° del citado Régimen.

Que con el Acta de Veeduría se tiene por cumplida la intervención de las entidades sindicales prevista en el último párrafo del artículo 12 del Anexo I a la Resolución ex S.G.P. N° 40/10.

Que ha tomado la intervención que le compete la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 del “RÉGIMEN PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL CAMBIO DE AGRUPAMIENTO ESCALAFONARIO DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Artículo 32)” aprobado por el Anexo I a la Resolución ex S.G.P. N° 40/10, dictaminando favorablemente.

Que conforme surge del Informe IF-2019-79478752-APN-DGRRHH#MJ del 2 de septiembre de 2019, entre otros datos, se certifica que el postulante cumple con los requisitos de Nivel escalafonario y titulación conforme el artículo 32 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, para acceder al cambio de agrupamiento al que se postula.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 3° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y por el artículo 13 del “RÉGIMEN PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL CAMBIO DE AGRUPAMIENTO ESCALAFONARIO DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Artículo 32)” aprobado por el Anexo I a la Resolución ex S.G.P. N° 40/10.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el cambio de Nivel Escalafonario y de Agrupamiento del Profesor Juan Ernesto GULLO (D.N.I. N° 22.709.791), agente de la planta permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLURALISMO E INTERCULTURALIDAD de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE DERECHOS HUMANOS de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL de este Ministerio, a un cargo Nivel D, Grado 4, Tramo Intermedio del Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, a partir del 1º del mes siguiente al del dictado de este acto.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la jurisdicción 40 – MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Germán Carlos Garavano

e. 02/12/2019 N° 92782/19 v. 02/12/2019

Fecha de publicación 02/12/2019