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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6838/2019

28/11/2019

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LOS OPERADORES DE CAMBIO:

Ref.: Circular CAMEX 1 - 823. Exterior y Cambios. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“1. Establecer que las nuevas emisiones de residentes de títulos de deuda con registro público en el país, denominadas en moneda extranjera y cuyos servicios de capital e intereses sean pagaderos en el país en moneda extranjera, tendrán acceso al mercado de cambios a su vencimiento para el pago de servicios de capital e intereses, en la medida que sean suscriptos en moneda extranjera y la totalidad de los fondos obtenidos liquidados en el mercado de cambios.

2. Reemplazar el primer párrafo del punto 4. de la Comunicación “A” 6814 por el siguiente:

“4. Disponer que no resultará exigible la liquidación en el mercado local de cambios de las divisas en moneda extranjera que reciban los residentes por exportaciones de bienes y servicios y por la enajenación de activos no financieros no producidos, ni como condición para su repago en los casos de endeudamientos con el exterior y de emisiones de residentes de títulos de deuda con registro público en el país, en la medida que se cumplan la totalidad de las siguientes condiciones:”

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios a/c - Agustín Torcassi, Subgerente General de Regulación Financiera.

e. 02/12/2019 N° 92842/19 v. 02/12/2019

Fecha de publicación 02/12/2019