BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6838/2019
28/11/2019
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LOS OPERADORES DE CAMBIO:
Ref.: Circular CAMEX 1 - 823. Exterior y Cambios. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“1. Establecer que las nuevas emisiones de residentes de títulos de deuda con registro público en el país, denominadas en moneda extranjera y cuyos servicios de capital e intereses sean pagaderos en el país en moneda extranjera, tendrán acceso al mercado de cambios a su vencimiento para el pago de servicios de capital e intereses, en la medida que sean suscriptos en moneda extranjera y la totalidad de los fondos obtenidos liquidados en el mercado de cambios.
2. Reemplazar el primer párrafo del punto 4. de la Comunicación “A” 6814 por el siguiente:
“4. Disponer que no resultará exigible la liquidación en el mercado local de cambios de las divisas en moneda extranjera que reciban los residentes por exportaciones de bienes y servicios y por la enajenación de activos no financieros no producidos, ni como condición para su repago en los casos de endeudamientos con el exterior y de emisiones de residentes de títulos de deuda con registro público en el país, en la medida que se cumplan la totalidad de las siguientes condiciones:”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios a/c - Agustín Torcassi, Subgerente General de Regulación Financiera.
e. 02/12/2019 N° 92842/19 v. 02/12/2019
Fecha de publicación 02/12/2019