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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 560/2019

RESOL-2019-560-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98; lo actuado en el Expediente Electrónico N° 60669991/19 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda Persona Física o Jurídica para desarrollar una Actividad Nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que asimismo la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que en ese sentido, LABORATORIOS BACON S.A.I.C. solicitó a esta ARN la Renovación de la Licencia de Operación de la Instalación Clase I denominada “CICLOTRÓN DE LABORATORIOS BACON” ubicada en Villa Martelli, provincia de Buenos Aires.

Que por su parte, la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR y CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y PROTECCIÓN FÍSICA, y el PROYECTO ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA DE LICENCIAS de la ARN recomendaron dar curso favorable a la Renovación de la Licencia de Operación de la Instalación “CICLOTRÓN DE LABORATORIOS BACON”, por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho trámite y se ha verificado que la Instalación se ajusta a los requerimientos de la normativa regulatoria de aplicación vigente.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece, como obligación para los usuarios de material radiactivo, el pago anual de la Tasa Regulatoria, y en ese sentido, conforme lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS, LABORATORIOS BACON S.A.I.C. ha abonado la Tasa Regulatoria correspondiente al presente trámite, no registrando deuda vinculada a la Instalación “CICLOTRÓN DE LABORATORIOS BACON” por ese concepto.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 16, Inciso c) y 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 27 de noviembre de 2019 (Acta N° 42),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar la Renovación de Licencia de Operación, solicitada por el LABORATORIOS BACON S.A.I.C. para la Instalación Clase I denominada “CICLOTRÓN DE LABORATORIOS BACON”, cuya versión se adjunta como Anexo a la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Comuníquese y entréguese original de la Licencia de Operación de la Instalación “CICLOTRÓN DE LABORATORIOS BACON” a LABORATORIOS BACON S.A.I.C., en su carácter de Entidad Responsable de la citada Instalación. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese. Nestor Alejandro Masriera

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 03/12/2019 N° 93097/19 v. 03/12/2019

Fecha de publicación 03/12/2019